Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I, 20 de Febrero de 2020, expediente FCB 095088/2018/CA001

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A

AUTOS : “GUTIERREZ, C.M. c/ ESTADO NACIONAL – MIN. DE

PRODUCCION Y TRABAJO Y OTRO s/ AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION”

doba, veinte de febrero del año dos mil veinte.-

Y VISTOS :

  1. Vienen estos autos caratulados: “GUTIERREZ,

    C.M. c/ ESTADO NACIONAL – MIN. DE PRODUCCION Y

    TRABAJO Y OTRO s/ AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION” (Expte.

    N° 95088/2018/CA1), a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el letrado apoderado del Estado Nacional – Ministerio de Producción y Trabajo – Secretaría de Gobierno y Trabajo y Empleo (fs. 108),

    en contra de la resolución de fecha 23 de septiembre de 2019, dictada por el señor Juez Titular del Juzgado Federal N° 1 de Córdoba, a través de la cual dispuso: “RESUELVO : 1°) Hacer lugar al A. por mora iniciado por el Sr.

    C.M.G. en contra del Estado Nacional – Ministerio de Producción y Trabajo – (hoy Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social y de la Administración Nacional de la Seguridad Social. En su mérito, díctese orden de pronto despacho: a) a la ANSES para que, dentro del plazo de treinta días de notificada la presente resolución proceda a resolver sobre el pedido formulado por el Sr. C.G.: Al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para que en el plazo establecido precedentemente y dentro del ámbito de su competencia y rol de autoridad de aplicación, arbitre los medios necesarios para el dictado del acto administrativo por parte de la ANSES. Todo bajo apercibimiento de proceder conforme a lo dispuesto por el art. 17 del Decreto Ley 1285/58… 2°) Regular los honorarios de la Sra. Defensora Oficial,

    Dra. M.M.C., letrada-patrocinante de la actora en la suma de veinte (20) UMA por todo concepto. No se regulan honorarios a los letrados apoderados del Estado Nacional – Ministerio de Producción y Trabajo-, como así

    también a la letrada apoderada de ANSES, Dra. F.G.R.S., atento tratarse de profesionales a sueldo de sus mandantes. 3)°…4°)…” FDO.:

    R.B.F. – JUEZ FEDERAL” (fs. 102/107 vta.).-

    Fecha de firma: 20/02/2020

    Firmado por: G.S.M.,

    Firmado por: I.M.V.F.,

    Firmado por: M.V., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: EDUARDO AVALOS

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A

    AUTOS : “GUTIERREZ, C.M. c/ ESTADO NACIONAL – MIN. DE

    PRODUCCION Y TRABAJO Y OTRO s/ AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION”

    Y CONSIDERANDO :

  2. Previo a ingresar al análisis de la cuestión sometida a debate, corresponde hacer una breve reseña de la causa. Así , con fecha 3 de diciembre de 2018, el señor C.M.G. comparece por derecho propio – con el patrocinio de la Dra. M.M.C. – e inicia demanda en contra del Estado Nacional (Ministerio de Producción y Trabajo) y en contra de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES). Sostiene ser una persona con discapacidad en los términos de la Ley 23.308 y su Decreto Reglamentario N° 795/94, a la vez que solicita se ordene a las codemandadas le otorguen la...

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