Gutierrez
Secretaría del Primer Juzgado de Procesos Concúrsales y Registros, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 21/22 en los Autos N° 53.173 caratulados: "GUTIERREZ EDGARDO ALBERTO p/QUIEBRA D" se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 19 de agosto de 2011. Autos y vistos:... Y considerando:... Resuelvo: I. Declarar la quiebra de Gutiérrez Edgardo Alberto, D.N.I. N° 22.316.458; C.U.I.L. N° 20-22.316.458-8. II. Disponer la anotación de la presente declaración de quiebra en el Registro Público de Comercio, Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y Suprema Corte de Justicia de la Provincia. Ofíciese. III. Intimar a la fallida y a los terceros que posean bienes y documentación de aquél, para la entrega al Síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal. IV. Ordenar a la fallida que dentro del día siguiente a la notificación entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. V. Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que será ineficaces en caso de hacerse. VI. Téngase presente el domicilio legal constituido por la fallida, a los efectos de la tramitación de esta quiebra. VII. Ordenar la inmediata incautación de los bienes de la fallida, debiendo procederse a la clausura de los establecimientos del mismo, de sus oficinas y demás lugares en que se hallen sus bienes y documentación, y su posterior entrega al Síndico en la forma prevista por el Art. 177 inc. 2 y 3 L.C.Q. Dicha medida deberá hacerse por intermedio del Oficial de Justicia del Tribunal. Habilítase día, hora y lugar, con allanamiento de domicilio y auxilio de la fuerza pública en caso necesario ajustando el inventario a lo dispuesto en el inc. 10 del Art. 88. VIII. Prohibir al fallido la salida del país, a cuyo efecto deberá oficiarse a la Dirección de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior, Delegación Mendoza, a la Policía Federal, Delegación Mendoza y a la Policía de la Provincia. IX. Ordenar se publiquen edictos por cinco días en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 89 L.C.Q. Ofíciese. X. Fijar el día 25 de agosto de 2011 a las nueve y treinta horas a fin de que tenga lugar el sorteo de Síndico de la categoría "B". Ofíciese. XI. Fijar el día 15 de noviembre de 2011 como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores ante el Síndico las...
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