Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 18 de Mayo de 2017, expediente FLP 075001561/2009/CA001

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I La Plata, a los días del mes de marzo del año dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo los señores Jueces que integran la Sala Primera de esta Cámara Federal de Apelaciones, toman en consideración el presente expediente Nº FLP 75001561/2007, caratulado: “GUSTAV F.

HUBENER GMBH C/ TRANSPORTES ESPECIALES C.A.F. S.A. S/

DAÑOS Y PERJUICIOS”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes.

Practicado el pertinente sorteo, el orden de votación resultó: Juez R.A.L.A., J.J.V.R. y J.C.R.C..

EL JUEZ L.A. DIJO:

I. Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal de Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 201, por los representantes de la empresa aseguradora Gustav F. Hubener GMBH, con expresión de agravios obrante a fojas 205/208 vta. contra la resolución del juez de primera instancia, la cual declaró prescripta la acción interpuesta por la actora, de acuerdo a lo establecido en el artículo 58 de la Ley de Seguros N° 17.418, el artículo 855 del Código de Comercio y el artículo 2537 del Código Civil y Comercial de la Nación, e impuso las costas a la demandada.

II. De las constancias obrantes en autos, surge que T.B. y Viñedos S.A. adquirió de la empresa Bucher Vaslin S.A. una prensa para uso vitivinícola y un cajón con accesorios (conforme se desprende de fojas 12), los cuales debían ser transportados desde Chalonnes sur Loire, República de Francia, hasta la localidad de Maipú, Provincia de Mendoza, República Argentina.-

Con el propósito de enviar las mercaderías señaladas precedentemente, el contrato de transporte multimodal quedó a cargo de Kuehnet + Nagel S.A y Blue Anchor Line en relación al trayecto marítimo; siendo responsable del envío terrestre la empresa Transportes Especiales C.A.F. S.A.; a cuyos efectos, fue convenido un contrato de seguro de riesgo por cuenta de Trivento Bodegas y Viñedos S.A. mediante la póliza N°

67120.1, conforme obra a fojas 25.

Fecha de firma: 18/05/2017 Alta en sistema: 19/05/2017 Firmado por: JULIO V.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA #15779851#179190068#20170518125657793 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I Por su parte, Trivento Viñedos contrató a la empresa aseguradora G.F.H.G., quien a su vez por intermedio de Nacora Internacional Insurance Brokers S.A. acordó que la póliza del seguro cubriría el 50% del transporte multimodal; siendo HSBC La Buenos Aires Seguros responsable del 50% restante.

En tales circunstancias, el 3 de enero de 2008 ocurrió un siniestro durante el curso del transporte terrestre, en la ciudad de Godoy Cruz, Provincia de Mendoza; el que generó daños en la prensa adquirida por T.V., tal como surge del certificado policial agregado a fojas 16 y del informe realizado por la empresa de mantenimientos industriales adunado a fojas 21 y vta.

Frente a la avería de la mercadería, el 30 de abril de 2008 la actora abonó a T.V. y Bodegas S.A. la suma establecida en la póliza de seguros, ejerciéndose una subrogación convencional de derechos, acciones y garantías que le correspondían a T. contra el responsable del daño causado en la prensa, como luce a fojas 10.

III. Posteriormente, el día 29 de diciembre de 2009, la empresa aseguradora Gustav F. Hubener GMBH demanda a Transportes Especiales C.A.F. S.A. a fojas 1/2 y vta., con la finalidad de interrumpir el plazo de la prescripción; ampliando esta ultima con fecha 2 de junio de 2010 a fojas 33/39 y vta.

Por su parte, el representante de Transportes Especiales C.A.F.

S.A. opuso excepciones y subsidiariamente contestó la demanda a fojas 46/50 vta.; En ella negó...

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