Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 18 de Diciembre de 2002, expediente L 76324

Presidentede Lázzari-Salas-Pettigiani-Negri-Hitters
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2002
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 18 de diciembre de dos mil dos, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresde L.,S.,P.,N.,Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 76.324, “G., J.H. contra C.L.A. Indemnización por despido horas extra vacaciones”.

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo de Olavarría dictó sentencia en estos autos haciendo lugar parcialmente a la demanda promovida, imponiendo las costas del modo como especifica.

La legitimada activa interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor de L. dijo:

  1. Contra la sentencia de grado en cuanto dispuso el rechazo de la demanda por la cual se pretendía el cobro de diferencias salariales e indemnizaciones sustitutiva de preaviso y por antigüedad y las multas contempladas en los arts. 8 y 15 de la ley 24.013, promovida por J.H.G. contra L.A.C., se interpuso el presente remedio procesal con denuncia de infracción de los arts. 156 y 159 -actuales 168 y 171- de la Constitución provincial; 23 y 55 de la Ley de Contrato de Trabajo; 375 del Código Procesal Civil y Comercial; 44 inc. “e” del dec. ley 7718/1971 -actual 44 inc. “d”, ley 11.653-, y de la doctrina de esta Corte que cita.

    1. Se agravia de la falta de validez probatoria asignada por el tribunal del trabajo al cuaderno confeccionado por el actor y del cual surgen las fechas de los viajes, los kilometrajes recorridos, los números de remitos y demás datos que permiten acreditar cuándo se inició la relación laboral, permanencia fuera de la residencia habitual, controles de carga y descarga y trabajo en fines de semana, habiéndose omitido considerar los informes de fs. 103 y 111 remitidos por “C.P.” por la cual reconoce haber emitido los remitos consignados en el listado y que el chofer era el señor G..

      Asimismo señala que se omitió considerar en la instancia de grado la pericia contable, en cuanto sobre la base del referido cuaderno se establecieron los kilometrajes realizados por el actor.

      Alega finalmente que la demandada debió...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR