Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 11 de Julio de 2017, expediente CAF 026788/2008/CA006

Fecha de Resolución11 de Julio de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 26788/2008 G.F.J.R. Y OTROS c/ EN--

EJERCITO-DTO 1104/05 1053/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Buenos Aires, de julio de 2017.- FDA Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El Dr. Alemany dijo:

  1. ) Que, a fs. 363, el Sr. Juez de grado no hizo lugar al pedido de ejecución de sentencia y embargo en el caso de incumplimiento solicitado por la parte actora.-

  2. ) Que, contra tal decisión, la actora interpuso recurso de revocatoria –que fuera rechazado- con apelación en subsidio (ver fs. 364/366), que fue contestado por la parte demandada a fs. 368/372.-

    La recurrente sostiene, en esencia, que la invocación del art. 19 de la ley 24.624 no determina la aplicación automática de la doctrina sentada por la Corte Suprema in re “La Austral” si de las constancias de la causa no surge la acreditación de los siguientes extremos: a) que el Poder Ejecutivo Nacional haya cumplido con la comunicación al Congreso de la Nación que le impone el art. 22 de la ley 23.982 y b) que el acreedor no esté legitimado para ejecutar su acreencia por no encuadrar en la hipótesis prevista en el art. 22 de la ley 23.982 ni en la del art. 20 de la ley 24.624.-

    Fecha de firma: 11/07/2017 Alta en sistema: 12/07/2017 Firmado por: TREACY-GALLEGOS FEDRIANI-ALEMANY, #10746944#183650876#20170711114249272 3º.- Que la Sala III del Fuero revocó la resolución apelada y denegó el recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada a fs. 384/397.-

    Que como consecuencia de ello, el Estado Mayor General del Ejército interpuso recurso de queja por recurso extraordinario denegado (ver fs. 470/474).-

  3. - Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso de queja, declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada y dejó sin efecto las sentencias apeladas.-

    Que fundamentó su decisión en que la cuestión planteada por el recurrente era sustancialmente análoga a la resuelta en la causa 25191/2012/2/RH2 “C.G.A. – inc. ejec. sent.- y otro c/ EN- Mº Defensa-

    Ejército – Dto. 1104/05 1053/08 s/ Proceso de Ejecución”.-

  4. - Que, sin desconocer lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a fs.

    480/481, en el presente año, resulta inoficioso pronunciarse sobre los agravios expuestos en el recurso de apelación, ya que al haber vencido el 31 de diciembre de 2016 los plazos previstos en el artículo 22 de la ley 23.982 y el artículo 170 de la ley 11.672 (T.O. 2014), se hallan reunidas las condiciones para la ejecución de la sentencia (cfr. CSJN en L.A. delR. y otros”, del 30 de mayo de 2017).-

    Las costas de esta instancia se imponen en el orden causado en virtud de las particularidades de la causa (art. 68, segunda parte, del C.P.C.C.N.). ASI VOTO.-

    Fecha de firma: 11/07/2017 Alta en sistema: 12/07/2017 Firmado por: TREACY-GALLEGOS FEDRIANI-ALEMANY, #10746944#183650876#20170711114249272 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V El Dr. Treacy dijo:

  5. ) Que, a fs. 363, el Sr. Juez de grado no hizo lugar al pedido de ejecución de sentencia y embargo en caso de incumplimiento solicitado por la parte actora.-

  6. ) Que, contra tal decisión, la actora interpuso recurso de revocatoria –que fuera rechazado- con apelación en subsidio (ver fs. 364/366), que fue contestado por la parte demandada a fs. 368/372.-

    La recurrente sostiene, en esencia, que la invocación del art. 19 de la ley 24.624 no determina la aplicación automática de la doctrina sentada por la Corte Suprema in re “La Austral” si de las constancias de la causa no surge la acreditación de los siguientes extremos: a) que el Poder Ejecutivo Nacional haya cumplido con la comunicación al Congreso de la Nación que le impone el art. 22 de la ley 23.982 y b) que el acreedor no esté legitimado para ejecutar su acreencia por no encuadrar en la hipótesis prevista en el art. 22 de la ley 23.982 ni en la del art. 20 de la ley 24.624.-

  7. - Que la Sala III del Fuero revocó la resolución apelada y denegó el recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada a fs. 384/397.-

    Que como consecuencia de ello, el Estado Mayor General del Ejército interpuso recurso de queja por recurso extraordinario denegado (ver fs. 470/474).-

  8. - Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso de queja, declaró

    Fecha de firma: 11/07/2017 Alta en sistema: 12/07/2017 Firmado por: TREACY-GALLEGOS FEDRIANI-ALEMANY, #10746944#183650876#20170711114249272 procedente el recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada y dejó sin efecto las sentencias apeladas.-

    Que fundamentó su decisión en que la cuestión planteada por el recurrente era sustancialmente análoga a la...

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