Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala C, 26 de Octubre de 2010, expediente 12.926

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2010
EmisorSala C

Cámara Nacional de Casación Penal Causa n° 12.926

2010 Año del B. “Guil, J. y otro s/recurso extraordinario”

Sala IIIa - C.N.C.P.

Registro n° 1649/1

Buenos Aires, 26 de octubre de 2010.

AUTOS Y VISTOS:

Para decidir acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto por la defensa de J.G. y de A.V.M.;

Y CONSIDERANDO:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor F. General obrantes a fs. 74/5 vta., que este Tribunal comparte y hace suyos en razón de brevedad, se

RESUELVE:

NO HACER LUGAR al recurso extraordinario deducido por la defensa de J.G. y de A.V.M., sin costas (artículos 257 del C.P.C.C.N. y 530 y 531 del C.P.P.N.).

R., hágase saber y remítase al Tribunal de procedencia, que deberá notificar al imputado lo resuelto. Sirva la presente de atenta nota de envío.

Fdo: A.E.L., L.E.C. y W.G.M.. Ante mi:

W.D.M., P. de Cámara Ante mí:

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