Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 23 de Noviembre de 2017, expediente CNT 020463/2017/CA001

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa nº 20463/2017/CA1 “Guidi, G.A. c/ Armada Argentina (D.) s/ proceso de conocimiento”.

Buenos Aires, 23 de noviembre de 2016.

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la parte actora a fs. 180 contra la resolución de fs. 176/179 y vta, que denegó la petición precautoria; y CONSIDERANDO 1º) Que G.A.G. promovió la presente acción contra el Estado Nacional (Armada Argentina), en los términos del art. 322 del CPCCN, con el objeto de que se declarase quién es su actual empleador y tiene a su cargo las obligaciones inherentes a tal condición respecto de las tareas desempeñadas en la sede de D.. Ello, a raíz de la transferencia del personal civil que se desempañaba en el Instituto de Obra Social del Ejército (IOSE), en la Dirección de Salud y Acción Social de la Armada (D.) y en la Dirección de Bienestar del Personal de la Fuerza Aérea (DIBPFA), al Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA). En tal contexto, el actor alega que se desempeñó

como auditor médico en IOSE y en D. desde 2010 y 2012, respectivamente, en distintas sedes y horarios, pero el IOSFA se negó a mantener ambas relaciones de empleo y sólo continuó el contrato que había suscrito con el IOSE. Asimismo, el accionante solicitó se disponga cautelarmente el pago de los salarios caídos desde enero de 2017, así

como los que se devengaren durante la sustanciación del pleito, por las tareas de médico auditor desempeñadas en la sede de D. (fs. 3/10 y vta).

La jueza de grado ordenó la producción del informe previsto por el art. 4º de la ley 26.854, cuyo oficio fue diligenciado ante la Armada Argentina y dirigido a D. (fs. 32).

No obstante, se presentó el IOSFA y asumió la legitimación pasiva con fundamento en la alegada transferencia de aquélla en los términos de los decretos 637/13 y 2271/13 y la resolución 359/16. Asimismo, reconoció una relación de empleo público con el actor en su calidad de continuadora del IOSE, pero sostuvo la incompatibilidad de mantener el contrato que el actor había suscrito con D., simultáneamente con el de Fecha de firma: 23/11/2017 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA 1 #29602397#194202478#20171123095733951 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa nº 20463/2017/CA1 “Guidi, G.A. c/ Armada Argentina (D.) s/ proceso de conocimiento”.

IOSE, en virtud de lo dispuesto por los decretos 8566/61 y 894/01.

Asimismo, destacó...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR