Sentencia de SALA II, 4 de Octubre de 2013, expediente CCF 015422/2004

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2013
EmisorSALA II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y

COMERCIAL FEDERAL – SALA II

Causa n° 15422/2004

M.G.L.M.C. CONE INC

S/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA y su acumulado E..

N° 13.230/06 SOUTH CONE INC. C/ MARTÍNEZ GUICHANDUT LUCAS

MANUEL S/ CESE DE OPOSICIÓN AL REGISTRO DE MARCA.

En Buenos Aires, a los 4 días del mes de octubre de 2013, se reúnen en Acuerdo los señores jueces de la Sala II de esta Cámara para dictar sentencia en los autos del epígrafe. Conforme con el orden de sorteo efectuado, el doctor R.V.G. dice:

  1. Que el señor juez a-quo, al dictar sentencia en estos autos caratulados “M.G.L.M.C.

    CONE INC S/CESE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA” (Expte.

    N° 15422/04); y su acumulado “SOUTH CONE INC C/MARTINEZ

    GUICHANDUT LUCAS MANUEL S/CESE DE OPOSICION AL

    REGISTRO DE MARCA (Expte. N°13.230/06), resolvió en el acumulante,

    hacer lugar a la demanda y declarar infundada la oposición que con invocación de la marca REEF se esgrimió contra el registro de la marca RECIFE, Acta N°

    2.390.708, peticionada por la actora para distinguir productos de la clase 25(fs.

    393/97).Y en el acumulado, rechazar la demanda y declarar fundadas las oposiciones formuladas al registro de las marcas RECIFE, Acta N° 2.476.506 y ARRECIFE, Acta N° 2.476.507, pedidas por la actora para distinguir productos de la clase 25. En ambos casos, impuso las costas a las vencidas (ver fs.

    701/705).

    Para así decidir, el magistrado advirtió que la solución de los dos expedientes se supeditaba a determinar si RECIFE se confundía con REEF,

    pues el resto de las cuestiones (vgr. confundibilidad de RECIFE con ARRECIFE; cese de uso y daños y perjuicios), seguían su suerte. Y a los fines de examinar los signos enfrentados, recordó que las marcas deben ser claramente distinguibles, para cumplir con los propósitos impuestos por la ley,

    habiendo concluido que resultaban inconfundibles, pues además de las 1

    diferencias obvias de extensión y letras que componen a los vocablos, no existe posibilidad de confusión ideológica, tornando innecesario determinar si REEF,

    es notoria. En suma, adujo que esta tiene un significado en idioma inglés equivalente a arrecife en español. Y, que por el contrario, RECIFE no figura en el diccionario de la lengua española.

    Por último, frente a la similitud entre RECIFE y ARRECIFE

    -que sí es la traducción del vocablo inglés REEF- aclaró que ello no genera confusión ideológica, pues se trata de una locución que para la mayoría es de fantasía y como tal, muda al intelecto humano. Y del cotejo entre RECIFE y ARRECIFE, interpretó que eran confundibles, pues la única letra que las diferencia no posee suficiente capacidad distintiva para alejar dicha posibilidad.

  2. Tales pronunciamientos fueron resistidos por...

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