Group Receptive International Service S.R.L.

Fecha de publicación18 Diciembre 2008
Fecha de disposición18 Diciembre 2008
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31555

POLIESTIRENO SRL a AMERICAS STYRENICS SRL. 2) Adoptar como nueva denominación social 'AMERICAS STYRENICS ARGENTINA S.R.L.'.

3) Modificar Art. CUARTO: quedando: 'ARTICULO CUARTO: Capital Social. El capital social se fija en la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-), dividido en 1.200 cuotas de DIEZ PESOS ($ 10) de valor nominal y con derecho a un voto cada una.

Las cuotas se integran en un veinticinco por ciento en dinero en efectivo. Los socios se obligan a integrar el saldo dentro del plazo de dos años, a partir de la fecha de inscripción. El capital podrá incrementarse, cuando se estime conveniente, mediante cuotas suplementarias en un todo de acuerdo con el artículo 151 de la ley 19.550. Los socios, por decisión que represente más de la mitad del capital social, lo aprobarán y establecerán la forma y tiempo de su emisión. Las cuotas son libremente transmisibles, con preferencia de los socios, debiéndose comunicar su transferencia a la sociedad con la entrega de un ejemplar en las condiciones establecidas en el artículo 152 de la ley 19.550.' 4) Se amplió el objeto social, quedando:

'ARTICULO TERCERO: Objeto. La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a ellos, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: INDUSTRIALES Y COMERCIALES: Dedicarse a la fabricación, elaboración, industrialización de poliestireno y sus derivados; a la fabricación de aparatos electrónicos, eléctricos, metalúrgicos y de accesorios y artículos vinculados al poliestireno, incluyendo, pero sin estar limitada a las siguientes: venta, compra, producción, distribución, fraccionamiento, consignación, depósito, importación y exportación, comisión, consignación, distribución y fraccionamiento de poliestireno y sus derivados, sean de su propia elaboración o elaborados por terceros y/o con productos directa o indirectamente con el poliestireno y sus derivados.

En suma, podrá realizar todo acto conexo y afín sin que esta enunciación sea limitativa o restrictiva y en caso de ambiguedad, esta cláusula será interpretada de manera que queden ampliadas, más bien que restringidas sus atribuciones, quedando plenamente facultada la sociedad a realizar todas las operaciones, actos y contratos civiles, comerciales sin más límite que lo permitido por ley. Asimismo, para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá llevar a cabo las siguientes actividades FINANCIERAS: aportes de capitales a sociedades o empresas constituidas y/o a constituirse dentro de las limitaciones previstas en la Ley Nº 19.550 y a personas para operaciones realizadas o a realizarse, operaciones de préstamo con intereses y financiaciones de créditos en general, así como la compra venta y negociación de títulos, acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas o modalidades creadas o a crearse, excluyéndose las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso del público. Para su cumplimiento, la Sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos y operaciones y celebrar todos los contratos que se relacionen directa o indirectamente con aquél.' Esc...

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