Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, 6 de Septiembre de 2010, expediente 50.536/98

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2010

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario”

GRILLI ALEJANDRA MONICA C/ BERTERO RAUL MARCELO S/ EJECUTIVO

50536/98 Juzg. 11 S.. 22 13-15-14

Buenos Aires, 6 de septiembre de 2010.

Y VISTOS:

  1. La suma por la que se dedujo la ejecución en concepto de capital -U$S 470, v. fs. 19/20-, no USO OFICIAL

    supera el monto mínimo de apelabilidad del CPr.: 242 -texto según ley 26.536-, que asciende a $ 20.000.

    Por ende, la cuestión se encuentra sujeta a instancia única, estando vedada la intervención de Alzada para la decisión de cuestiones que se planteen durante su trámite (v. esta S., con anterior integración, "Banco Liniers Sudamericano S.A.", del 10/9/97).

  2. Por ello, se declara mal concedido el recurso. Sin costas dado el carácter oficioso de la presente.

  3. Atento el mérito de la labor profesional cumplida, apreciada por su calidad, eficacia y extensión, así como la naturaleza y monto del proceso -

    computándose los intereses como integrantes de la base regulatoria (C.N. Com., en pleno, in re: “Banco del Buen Ayre S.A.”, del 29/12/94)-, se confirman los honorarios regulados a favor de la letrada apoderada de la...

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