Greczny Pablo German, Integral Server Latinoamericana S.A.; Greczny Osmar Antonio, Pelacchi Edgardo Roberto S/ Infraccion Art 302

Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2011

Jueves 3 de marzo de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.104 24 el rescate y la cancelación de la totalidad de las acciones preferidas de la Sociedad al valor patrimonial proporcional de $147,34 por acción (según surge del Balance de Reducción al 31/12/10), (ii) aprobar el otorgamiento a favor de los tenedores de acciones preferidas rescatadas, por el plazo de 30 dÃas del derecho de optar por canjear cada acción preferida rescatada por una nueva acción nominativa no endosable preferida sin voto, con valor nominal $100, cuya preferencia consiste en el derecho a cobrar en forma preferente un 15% de la cuota de liquidación, participando por el remanente a prorrata con las demás acciones de la Sociedad, en lugar de recibir el valor de rescate de sus acciones.Vencido dicho plazo de 30 dÃas, el derecho de optar por el canje se perderá procediéndose al rescate de las acciones y pago del valor de rescate o reserva de dicho valor para el caso de accionistas que no se presenten a entregar sus tÃtulos. A los efectos del canje, los titulares de acciones preferidas rescatadas deberán, dentro del plazo indicado, presentarse con sus tÃtulos accionarios en la Sede Social de la Sociedad, Av. de Mayo 819, Piso 1,.

Cdad. Buenos Aires, horario: 10 a 18 horas. Fdo:

Francisco Dávalos Michel, autorizado por la Asamblea del 18/02/11.

Abogado - Francisco Dávalos Michel e. 01/03/2011 N'º22423/11 v. 03/03/2011 %@% “L” LA FORTALEZA S.A.

La Fortaleza S.A. n* correlativo IGJ 906647,

Sede Social: Guemes 4582 P.B. C.A.B.A., publica por 3 dÃas, s/art. 271 RG IGJ 7/2005 por restitución de aportes irrevocables lo siguiente: Fecha de realización del aporte: 11/12/2007. importe de los mismos: $ 1.400.000. Por Asamblea del 07/04/2008 se resuelve no capitalizar la suma de $550.000.Valuación s/balance al 30/6/2007 Activo $3.894.353,75 y Pasivo $1.446.133,32.- Patrimonio Neto al 30/06/2007 según balance certificado:

$2.448.220,43.- Autorizada por Acta de Directorio del 19/01/2011: Linda Liliana Btesh, abogada, DNI:

6729524.

e. 02/03/2011 N'º22844/11 v. 04/03/2011 3. Edictos Judiciales ANTERIORES 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

RegÃstrese, notifÃquese, lÃbrense los despachos del caso y, en estado, archÃvese.Fdo.Lilia Graciela Carnero – Presidente.–, Roberto López Arango - Juez de Cámara - David Alejandro Chaulet - Juez de Cámara. Ante MÃ: Beatriz MarÃa Zuqui - Secretaria..

Considerando:

Resuelve: Declarar extinguida la acción penal, y en consecuencia, sobreseer (arts. 76 ter, 4to. párr.

Se constituye el Tribunal con los suscriptos en virtud de encontrarse vacante la vocalÃa (art. 109 R.J.N). RegÃstrese, notifÃquese, lÃbrense los despachos del caso y, en estado, archÃvese.Fdo.Roberto López Arango –Presidente–,

Lilia Graciela Carnero - Juez de Cámara - Ante Mi:

Beatriz MarÃa Zuqui - Secretaria.

Paraná, 21 de febrero de 2011.

Beatriz MarÃa Zuqui, secretaria.

e. 02/03/2011 N'º22307/11 v. 10/03/2011 TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL CORRIENTES Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, doctora Lucrecia M. Rojas de Badaró, se ha ordenado la publicación en el BoletÃn Oficial por el término de cinco (5) dÃas, lo dispuesto en la sentencia de fecha 16 de noviembre de 2010 en la causa caratulada: “Duarte Valdez, Rosalba; Acuña Ortiz,

9'º) Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, practicar el cómputo de pena fijando la fecha de su vencimiento (art. 493 C.P.P.N), cursar las comunicaciones correspondientes y oportunamente Archivar. Fdo.: Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaró - Juez de Cámara.– Dr. FermÃn Amado Ceroleni – Juez de Cámara.– Dr.VÃctor Antonio Alonso - Juez de Cámara. Ante mÃ: Dra. Susana Beatriz Campos - Secretaria - Tribunal Oral en lo Criminal Federal - Corrientes”.

Sebastián Avila, Secretario de Ejecución, Tribunal Oral en lo Criminal Federal, Corrientes.

e. 01/03/2011 N'º21656/11 v. 09/03/2011 Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, doctora Lucrecia M. Rojas de Badaró, se ha ordenado la publicación en el BoletÃn Oficial por el término de cinco (5) dÃas, lo dispuesto en la sentencia de fecha 16 de noviembre de 2010 en la causa caratulada: “Duarte Valdez, Rosalba; Acuña Ortiz,

Miriam Graciela s/Transporte de Estupefacientes”, expediente N'º679/10 respecto a RosalÃa o Rosalba Duarte Valdez, de nacionalidad argentina, D.N.I.

N'º 18.807.745, soltera, nacida el 09 de octubre de 1972 en la ciudad de Montecarlo, Provincia de Misiones; la que dispone: “N'º32. Sentencia. Corrientes, 16 de noviembre de 2010.Y Vistos: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente;

se Resuelve: 1'º) Declarar formalmente admisible el Juicio Abreviado (art. 431 bis C.P.P.N.) 2'º) Condenar a RosalÃa o Rosalba Duarte Valdez, D.N.I.

9'º) Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, practicar el cómputo de pena fijando la fecha de su vencimiento (art. 493 C.P.P.N), cursar las comunicaciones correspondientes y oportunamente Archivar. Fdo.: Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaró - Juez de Cámara.– Dr. FermÃn Amado Ceroleni – Juez de Cámara.– Dr. VÃctor Antonio Alonso - Juez de Cámara. Ante mÃ: Dra. Susana Beatriz Campos Secretaria - Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes”.

Sebastián Avila, Secretario de Ejecución, Tribunal Oral en lo Criminal Federal, Corrientes.

e. 01/03/2011 N'º21666/11 v. 09/03/2011 Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, doctora Lucrecia M. Rojas de Badaró, se ha ordenado la publicación en el BoletÃn Oficial por el término de cinco (5) dÃas, lo dispuesto en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2010 en la causa caratulada: “RodrÃguez, MarÃa Estela s/Transporte de Estupefacientes”, expediente N'º 693/10 respecto a MarÃa Estela RodrÃguez, de nacionalidad argentina, D.N.I. N'º27.714.255, soltera, nacida el 22 de noviembre de 1979 en la ciudad de Paso de los Libres, Provincia de Corrientes; la que dispone:

“N'º33. Sentencia. Corrientes, 24 de noviembre de 2010. Y Vistos: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; se Resuelve: 1'º) Declarar formalmente admisible la solicitud de aplicación de Juicio Abreviado formalizada por las partes.

2'º) Condenar a MarÃa Estela RodrÃguez, D.N.I.

6'º) Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las comunicaciones correspondientes, una vez firme este pronunciamiento, practicar por SecretarÃa el cómputo de pena fijando la fecha de su vencimiento (art. 493 C.P.P.N), notificar a la imputada en el domicilio constituido con remisión del testimonio de la presente sentencia y oportunamente Archivar...

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