GPAT COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

Fecha de disposición23 Febrero 2015
Fecha de publicación23 Febrero 2015
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta33075

GPAT COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013

(Cifras expresadas en miles de pesos)

NOTA 1: Bases de presentación de los Estados Contables

Los presentes estados contables han sido preparados de acuerdo con las normas contables establecidas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y surgen de los libros de contabilidad de la Entidad llevados de acuerdo con las normas legales y regulatorias vigentes.

1.1. Información Comparativa

De acuerdo con lo requerido por las normas del BCRA, el Estado de Situación Patrimonial, el Estado de Resultados, el Estado de Evolución de Patrimonio Neto y el Estado de Flujo de Efectivo y sus Equivalentes al 31 de diciembre de 2014 y los Anexos que así lo especifican, se presentan en forma comparativa con los saldos al cierre del ejercicio precedente.

1.2. Cifras Expresadas en miles de pesos

Los presentes estados exponen cifras expresadas en miles de pesos de acuerdo con lo requerido por la norma CONAU 1 – 111 del BCRA (Comunicación “A” 3359).

1.3. Unidad de medida

Los Estados contables de la Entidad reconocen las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 28 de febrero de 2003, habiéndose discontinuado a partir de esa fecha, de acuerdo lo establecido por el Decreto 664/2003 del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), la Resolución Nº 441 de la CNV y la Comunicación “A” 3921 del BCRA.

Asimismo, las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) establecen que los estados contables deben expresarse en moneda homogénea. La metodología de ajuste y la necesidad de practicarlo surgen de requerimientos de las Resoluciones Técnicas (RT) N° 6 y N° 17 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), las que fueron modificadas por lo establecido por la RT N° 39, emitida por el mencionado organismo con fecha 4 de octubre de 2013 y aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la CABA (CPCECABA) con fecha 16 de abril de 2014.

Estas normas establecen, principalmente, la existencia de una tasa acumulada de inflación en tres años que alcance o sobrepase el 100%, considerando para ello el Indice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), como característica que identifica un contexto de inflación que amerita ajustar los estados contables para que los mismos queden expresados en moneda de poder adquisitivo de la fecha a la cual corresponden. A la fecha de cierre de ejercicio la variación acumulada del IPIM en los últimos tres años no alcanza el 100% por lo que no se dan las condiciones para dicha reexpresión.

Sin embargo, la existencia de variaciones como las observadas en los últimos ejercicios en los precios de las principales variables de la economía, como el costo salarial, los precios de las materias primas, las tasas de interés y el tipo de cambio, que afectan los negocios de la Entidad, aun cuando no se haya alcanzado la pauta cuantitativa mencionada en el párrafo anterior, igualmente afectan la situación patrimonial, los resultados y el flujo de efectivo de la Entidad, y por ende, la información suministrada en los presentes estados contables, por lo que esas variaciones deberían ser tenidas en cuenta en la interpretación de los mismos.

1.4. Principales criterios de valuación y exposición

A continuación se describen los principales criterios de valuación y exposición seguidos para la preparación de los estados contables al 31 de diciembre de 2014 y 2013 (ver nota 1.1):

  1. Títulos Públicos y Privados

    1. Instrumentos emitidos por el BCRA

    Tenencias con volatilidad publicada por el BCRA se valuaron de acuerdo con el último valor de cotización vigente para cada instrumento al 31 de diciembre de 2014. Las diferencias de cotización fueron imputadas a los resultados del ejercicio.

    Tenencias sin volatilidad publicada por el BCRA: se valuaron al valor de incorporación incrementado en función a la tasa interna de rendimiento al 31 de diciembre de 2014. Los devengamientos de la tasa interna de rendimiento mencionada precedentemente fueron imputados a los resultados del ejercicio.

  2. Activos y Pasivos liquidables en pesos

    Los activos y pasivos liquidables en pesos fueron registrados por sus valores nominales y computando cuando correspondiera, los intereses y componentes financieros devengados hasta el cierre de cada ejercicio. Los ajustes e intereses fueron imputados a los resultados de cada ejercicio.

  3. Devengamiento de Intereses

    Los intereses activos y pasivos fueron devengados sobre la base de su distribución lineal o exponencial, según corresponda, de acuerdo con las normas del BCRA.

    La Entidad opta directamente por interrumpir el devengamiento de intereses cuando los préstamos presentan incumplimientos en sus pagos (generalmente con atrasos superiores a los 90 días) o el cobro del capital otorgado y los intereses devengados es de recuperabilidad incierta. Los intereses devengados hasta el momento de la interrupción son considerados como parte del saldo de deuda al momento de determinar el monto de previsiones de dichos préstamos. Posteriormente, los intereses sólo son reconocidos sobre la base del cobro, una vez que se haya cancelado el monto a cobrar por los intereses anteriormente devengados.

  4. Previsión por riesgo de incobrabilidad

    La previsión por riesgo de incobrabilidad se constituyó sobre la base del riesgo de incobrabilidad estimado de la asistencia crediticia de la Entidad, el cual resulta de la evaluación del grado de cumplimiento de los deudores y de las garantías que respaldan las respectivas operaciones de acuerdo con las disposiciones de la Comunicación “A” 2950 y complementarias del BCRA.

  5. Bienes de Uso

    Han sido valuados a su valor de costo, reexpresado, cuando correspondía, en función de lo indicado en la Nota 1.3, menos la correspondiente depreciación acumulada.

    La depreciación de los bienes se calcula sobre la base de la vida útil expresada en meses, depreciándose en forma completa el mes de alta de los bienes y no depreciándose el mes de baja.

    El valor residual de los bienes de uso, considerados en su conjunto, no supera su valor recuperable.

  6. Obligaciones negociables no subordinadas

    Se encuentran valuadas al valor nominal más los intereses devengados al cierre cada ejercicio. (Ver Nota 10).

  7. Previsiones para otras contingencias

    Comprende los importes estimados por la Entidad para hacer frente a contingencias de probable concreción, que en caso de producirse, darán origen a una pérdida para la Entidad. (Ver Nota 7).

  8. Cuentas de Patrimonio Neto

    Las cuentas de Capital Social se han mantenido por su valor de origen.

  9. Cuentas de orden - De Derivados

    Operaciones de Permuta de Tasas de Interés - Swap de tasas: se registraron al valor nocional sobre el que la Entidad acordó pagar o cobrar una tasa de interés fija y cobrar o pagar una tasa de interés variable. La diferencia entre dichas tasas fueron imputadas a los resultados de cada ejercicio.

  10. Impuesto a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta

    La Entidad determina el impuesto a las ganancias aplicando la tasa vigente del 35% sobre la utilidad impositiva de cada ejercicio o período según corresponda, sin considerar el efecto de las diferencias temporarias entre el resultado contable y el impositivo.

    Adicionalmente, determina el impuesto a la ganancia mínima presunta, el cual fue establecido para los ejercicios cerrados a partir del 31 de diciembre de 1998 por la Ley 25.063 por el término de diez ejercicios anuales. Actualmente, luego de sucesivas prórrogas, el mencionado gravamen se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre de 2019. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Entidad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. La mencionada Ley prevé para el caso de entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras que las mismas deberán considerar como base imponible del gravamen el 20% de sus activos gravados previa deducción de aquellos definidos como no computables. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes, una vez que se hayan agotado los quebrantos acumulados.

    Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, conforme a la estimación realizada sobre la base de las normas impositivas vigentes, el cargo en concepto de impuesto a las ganancias es de 87.046 y 66.259, respectivamente. Dichos importes fueron superiores a los correspondientes al impuesto a la ganancia mínima presunta para cada ejercicio, es por ello que no se constituyó provisión alguna por este concepto.

  11. Indemnizaciones por despido

    La Entidad imputa directamente a gastos las indemnizaciones abonadas.

  12. Estado de Resultados

    Las cuentas que comprenden operaciones monetarias ocurridas en cada ejercicio (ingresos y egresos financieros, ingresos y egresos por servicios, cargo por incobrabilidad, gastos de administración, etc.) se computaron a sus importes históricos sobre la base de su devengamiento mensual.

    Las cuentas que reflejan el efecto en resultados por la venta, baja o consumo de activos no monetarios, se computaron sobre la base de los valores de dichos activos.

    1.5. Uso de Estimaciones Contables

    La preparación de los estados contables requiere que la Entidad efectúe, en ciertos casos, estimaciones para determinar los valores contables de activos y pasivos, como también la exposición de los mismos, a cada fecha de presentación de información contable.

    Las...

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