GPAT COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

Fecha de disposición19 Abril 2012
Fecha de publicación19 Abril 2012
SecciónTercera Sección - Contrataciones

Emisión de las Obligaciones Negociables Serie VII

Conforme al artículo 10 ley 23.576 se hace saber que por reunión de directorio del 26/03/2012 se aprobó la emisión de las obligaciones negociables serie VII (“ON”) bajo el Programa de Obligaciones Negociables por hasta $ 800.000.000 (el “Programa”), conforme a las siguientes condiciones, complementadas con las establecidas en el Suplemento de Prospecto a publicar en el/los Boletín/ines de la/s Bolsa/s de Comercio donde las ON coticen y en la Autopista de la Información Financiera de la Comisión Nacional de Valores (www.cnv.gob.ar) (el “Suplemento de Prospecto”): Obligaciones Negociables Serie VII Clase A: 1.- Monto: hasta 25.000.000 ampliable hasta $ 50.000.000 . Vencimiento: a los 180 días desde la Fecha de Integración, la cual será informada en el aviso de colocación (la “Fecha de Vencimiento de la Clase A”). Valor nominal unitario: $ 1. Interés: una tasa nominal anual a licitarse durante el Período de Colocación. Los intereses se devengarán entre la Fecha de Integración (inclusive) y la Fecha de Vencimiento de la Clase A (exclusive) (el “Periodo de Interés de la Clase A”) y se pagarán en la Fecha de Vencimiento de la Clase A conforme a la tasa que se determine de acuerdo al procedimiento establecido en este Suplemento de Prospecto. El interés se calculará sobre el saldo de capital (o valor nominal residual de las ONs Serie VII) por la cantidad de días del Periodo de Interés de la Clase A, considerando para su cálculo 365 días. Amortización: la amortización se realizará al vencimiento, en un solo pago. Pagos de Servicios: Los intereses y amortización (“Servicios”) serán pagaderos en la Fechas de Vencimiento de la Clase A indicada en el Cuadro de Pago de Servicios inserto en el Suplemento de Prospecto o en el Aviso de Resultado de Colocación (la “Fecha de Pago de Servicios”). Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al siguiente Día Hábil sin que se devenguen intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier día lunes a viernes, salvo aquellos en los que los bancos están obligados a cerrar en la Ciudad de Buenos Aires. Intereses moratorios: una vez y media el interés compensatorio y se devengarán desde la fecha en que debió...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR