Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 16 de Agosto de 2022, expediente CIV 082762/2015
Fecha de Resolución | 16 de Agosto de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala F |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F
82762/2015
G.G., M.B. c/ INSTITUTO ARGENTINO DE
DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Buenos Aires, de agosto de 2022. M
AUTOS Y VISTOS:
No obstante la vigencia de la ley 27.423, en virtud de lo dispuesto por el
art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación, las regulaciones de etapas
cumplidas con anterioridad a la entrada en vigencia de dicha ley se practican o
revisan de acuerdo a las disposiciones de la ley 21.839, modificada por la ley
24.432.
Por ello, en atención al monto reclamado en la demanda actualizado a la
sentencia (art. 22 ley 27.423), trabajos realizados, apreciados por su importancia,
extensión y calidad, resultado obtenido, etapas cumplidas, teniendo en cuenta las
apelaciones por altos del día 22 de julio de 2020 y por bajos de los días 22 y 23 de
julio de 2020, y lo dispuesto por los arts. 6, 7, 9, 10, 37, 38 y concs. de la ley
21.839 y en lo pertinente por la ley 24.432, y por los arts. 16, 20, 21, 22 y conc. de
la ley 27.423, se confirman los honorarios regulados de los DRES.
G.R. y H.R.G.C., letrados
apoderados de la parte actora vencida, por estar apelados solo por altos. Se
confirman los honorarios de los DRES. JULIO R.A. y
G.G.P., letrados apoderados del demandado D. en las
dos primeras etapas del proceso, por estar apelados solo por altos; y se elevan los
de la DRA. V.L.D., por su actuación en el mismo carácter,
a la suma de PESOS VEINTE MIL NOVECIENTOS ($20.900) por la primera
etapa y a PESOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS ($34.300)
equivalentes a 3,81 UMA por la segunda etapa. Se confirman los honorarios
regulados del DR. P.O.A.B., letrado apoderado de la
citada Seguros Médicos, por estar apelados solo por altos. Se confirman los
honorarios del DR. EDUARDO G.D. PLATER, letrado apoderado de la
demandada IADT S.A., por estar apelados solo por altos; y por resultar reducidos,
se elevan los del DR. F.E.C., por su actuación
Fecha de firma: 16/08/2022
Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA
en el mismo carácter en las tres etapas del proceso, a la suma de PESOS
SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS ($62.700) por la primera etapa y en
DOSCIENTOS CINCO MIL NOVECIENTOS ($205.900) por las restantes
etapas. Se confirman los honorarios de las DRAS. ALEJANDRA PAULINA
BRASESCO y M.P.A., letradas apoderadas
de la demandada Swiss Medical en dos etapas del proceso, por estar apelados solo
por...
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