Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I, 21 de Septiembre de 2018, expediente FCB 020688/2017/CA001

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS: “GONZALEZ, S.I. c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA s/ RECURSO DIRECTO LEY DE EDUCACION SUPERIOR LEY 24.521

En la Ciudad de Córdoba a veintiún días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho, reunida en Acuerdo la Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

GONZALEZ, S.I. c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA s/ RECURSO DIRECTO LEY DE EDUCACION SUPERIOR LEY 24.521

(Expte. N° FCB 20688/2017/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal, a los fines de efectuar el control de oficio de los requisitos de admisibilidad del presente recurso judicial donde se solicita el abono de las diferencias salariales que surgen de las Actas Acuerdos Paritarios para los docentes universitarios correspondientes a los años 2012 y 2013 en los salarios posteriores y hasta la actualidad. Subsidiariamente solicita se declare la inconstitucionalidad de las Resoluciones Rectoral N° 246/09 y N° 2326/09. Contra de la denegatoria dictada por la Sra. Decana de la Facultad de Lenguas, la actora planteo sendos recursos jerárquicos, siendo rechazado el primero con fecha 5 de mayo de 2016 por resolución rectoral Nº 862 y luego por el Honorable Consejo Superior de la U.N.C. mediante Resolución 1304/16 de fecha 15 de noviembre de 2016.-

Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: L.N. –L.R. RUEDA – A.G.S. TORRES.

La señora Jueza de Cámara, doctora L.N., dijo:

  1. Llegan los presentes autos a conocimiento y decisión de este Tribunal, a los fines de efectuar el control de oficio de los requisitos de admisibilidad del presente recurso judicial donde se Fecha de firma: 21/09/2018 solicita el abono de las diferencias salariales que surgen de las Actas Alta en sistema: 25/09/2018 Firmado por: A.G.S. TORRES, Firmado por: L.R.R., Firmado por: L.D. VALLE NAVARRO, Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA #29780461#216056554#20180924121337855 Acuerdos Paritarios para los docentes universitarios correspondientes a los años 2012 y 2013 en los salarios posteriores y hasta la actualidad.

    Subsidiariamente solicita se declare la inconstitucionalidad de las Resoluciones Rectoral N° 246/09 y N° 2326/09. Contra de la denegatoria dictada por la Sra. Decana de la Facultad de Lenguas, la actora planteo sendos recursos jerárquicos, siendo rechazado el primero con fecha 5 de mayo de 2016 por resolución rectoral Nº 862 y luego por el Honorable Consejo Superior de la U.N.C. mediante Resolución 1304/16 de fecha 15 de noviembre de 2016.-

    A tales fines el señor F. General evacuó

    la vista oportunamente corrida, dictaminando que este Tribunal resulta competente para entender en el recurso en cuestión y que se encuentra habilitada la instancia respectiva (fs. 227/228).-

  2. Al respecto, resulta oportuno señalar que el art. 32 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 establece una acción especial denominada “recurso de apelación” como resorte de control judicial de los actos administrativos definitivos de...

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