Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 21 de Septiembre de 2017, expediente FMZ 053055460/2012/CA002
Fecha de Resolución | 21 de Septiembre de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
53055460/2012 G.R.M.O. Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - MTRIO. DE JUSTICIA, SEG Y DD HH -
GENDARMERIA NACIONAL s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS En Mendoza, a los veintiún días del mes de Setiembre de dos mil diecisiete, reunidos en
acuerdo los Señores Jueces de la Sala “A” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de
Mendoza, D.. H. y C., encontrándose el señor Juez de
Cámara Dr. J. fuera de la sede del Tribunal; procedieron a
resolver en definitiva estos autos Nº FMZ 53055460/2012/CA2, caratulados: “GONZALEZ
RIVAS, MARIO OCTAVIO Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL MTRIO. DE
JUSTICIA, SEG. Y DD HHGENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA s/
PROCESO DE CONOCIMIENTO ORDINARIOS”, venidos del Juzgado Federal de San
Juan N° 2, en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 232 y vta. por la parte
demandada contra la resolución de fs. 225/231, cuya parte dispositiva se tiene aquí por
reproducida.
El Tribunal se planteó la siguiente cuestión a resolver:
¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?
De conformidad con lo establecido por los arts. 268 y 271 C.P.C y
Comercial de la Nación y arts. 4 y 15 del Reglamento de esta Cámara, se procedió a
establecer por sorteo el siguiente orden de estudio y votación: D.. P., C. y
G..
Sobre la cuestión propuesta, el Sr. Juez de Cámara
Subrogante, Dr. C. dijo:
I. Que contra la resolución de fs. 225/231 interpuso recurso de
apelación a fs. 232 y vta. la demandada, quien expresó agravios a fs. 239/242.
Fecha de firma: 21/09/2017 Alta en sistema: 28/09/2017 Firmado por: DRES: C.A.P.Y.H.F. CORTES Firmado(ante mi) por: R.H.M., Secretario de Cámara 1 #8775431#188314680#20170913121111997 Se agravió del acogimiento de la acción, aduciendo que las asignaciones
del decreto 2769/1993 son particulares y no generales, y conservaron tal carácter aun
después del dictado del decreto 1246/2005. Argumentó que son de aplicación los precedentes
de la Corte Federal “Bovari de D.” y “V.”.
II. Que, corrido el traslado de la expresión de agravios, fue contestado
por la actora a fs. 244/248 vta., por lo que quedó la causa para resolver a fs. 249.
III. Que, ingresando al examen de la apelación, entiendo que es
parcialmente procedente.
Para comenzar, conviene reseñar que los actores demandaron la
incorporación al sueldo de las asignaciones del decreto 2769/1993, el consecuente recálculo
del sueldo anual complementario y demás suplementos que corresponda, y el pago de las
diferencias retroactivas. En la sentencia, se hizo lugar a la demanda ordenando –en lo que
aquí interesa la incorporación al sueldo de las asignaciones del decreto 2769/93 y de los
adicionales transitorios creados por los decretos 1246/05, 1126/06, 861/07, 884/08 y 752/09,
desde que cada uno entró en vigencia hasta el 31 de julio de 2012. Contra la sentencia
estimatoria se alzó la demandada, pidiendo su revocación.
Al analizar las asignaciones del decreto 2769/1993 es menester
distinguir dos etapas: 1) desde su entrada en vigencia en enero de 1994 hasta el 30 de junio
de 2005 (fecha en que entró en vigencia el decreto...
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