Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 12 de Noviembre de 2019, expediente CNT 034031/2018/CA001

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 48625 SALA VI Expte Nº CNT 34031/2018 (JUZG. NRO. 47)

Autos: “G.P.L. C/TEYMA ABENGOA S.A. Y OTROS S/EXHORTO - EXHORTO”

Buenos Aires, 12 de noviembre de 2019 VISTOS:

La parte diligenciante apela la regulación de honorarios del perito contador, por considerarlos elevados (fs. 37).

CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas efectuadas en autos, el monto económico involucrado y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados al perito contador, lucen equitativos, por lo que corresponde su confirmación (art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias de aplicación).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la regulación de honorarios del perito contador.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.586 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

Fecha de firma: 12/11/2019 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA...

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