Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 11 de Mayo de 2017, expediente CIV 022675/2005

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 22.675/2005. “G.O.E. Y OTRO C/

TAVOLARO ORTIZ LUIS ALFREDO Y OTRO S/

ESCRITURACIÓN”

Buenos Aires, 11 de mayo de 2017.- LM (fs. 832)

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver sobre el recurso extraordinario interpuesto a fs. 817/827, contra la resolución de fs. 811/812.-

El recurso extraordinario interpuesto a fojas 136/146 no ha de tener favorable recepción porque la cuestión resuelta a fojas 130, es de derecho común y procesal, propia de los jueces de la causa y ajena a la vía extraordinaria, y la decisión cuenta con fundamentos de ese carácter que bastan para sostenerla como acto jurisdiccional, lo que obsta a la tacha de arbitrariedad (Fallos:

274:462; 278:135; 300:200; 311:2660; 312:866; 2249; 313:83; 101).

Las garantías constitucionales cuyo desconocimiento se alegan carecen así, de relación directa e inmediata con lo decidido, tal como lo exige el art. 15 de la Ley 48 para la procedencia del recurso intentado.

Es requisito esencial para la procedencia del recurso introducido por la recurrente la existencia de una "cuestión federal" que habilite la revisión por parte del máximo Tribunal Nacional, se destaca que la cuestión federal debe tener una relación directa e inmediata con la materia del juicio y haber sido resuelta en forma contraria al derecho federal invocado. Bajo ese contexto, no se advierte, en la especie, que la materia federal se encuentre directamente comprometida en la sentencia, de...

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