Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 21 de Marzo de 2019, expediente CNT 040240/2013/CA001

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 40.240/2013/CA1 SENTENCIA DEFINITIVA.82591 SALA

V. AUTOS: “GONZALEZ, M.V.C.D.H. ” (JUZG. Nº 44).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capital federal de la República Argentina, a los 21 días del mes de MARZO de 2019 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente; y EL DOCTOR E.N.A.G. dijo:

Contra la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda apela la parte demandada mediante la presentación que luce a fs. 122/124, obteniendo réplica de la contraria a fs. 126/132. A su vez, la representación letrada de la parte demandada y la perito contadora cuestionan la regulación de honorarios efectuada en la instancia anterior.

Critica la parte demandada que la Sra. Juez de grado consideró válidos y congruentes los dichos de los testigos ofrecidos en la causa y, en consecuencia, tuvo por acreditada la relación laboral bajo las modalidades denunciadas en el escrito inaugural. En su tesis recursiva sostiene que los dichos de los testigos ofrecidos en la causa (NUÑEZ, BUDELLI y PONCE a fs. 84/86 y 88/89) no aportaron datos suficientes y convictivos que contribuyeran a tener por demostrados los extremos en crisis además los descalifica por cuanto los dichos vertidos por los mismos no lucen objetivos y son incongruentes. Por otro lado sostiene que los testigos brindan un relato selectivo en claro beneficio del accionante. En consecuencia, la condena devino errada.

En primer lugar, no comparto los argumentos vertidos por el apelante respecto a la adjetivación indicada a los dichos de los testigos. Digo esto porque de las declaraciones de los testigos citados por la “a quo” surge que, como lo denuncia la parte actora en su escrito inaugural, existieron irregularidades en la relación laboral que con respaldo en dicho medio probatorio se demuestran en autos y no han sido desvirtuadas eficazmente con la testimonial rendida a propuesta del demandado (testigos PIMENTEL, M., RICCIETELLI y CANEGALLI ver fs.91/92,87, 90/91 y 93) N. que en el análisis de la prueba testimonial, determinadas circunstancias comunes a las relaciones laborales, como el juicio pendiente o la relación de dependencia respecto del ex empleador, no pueden nunca ser presupuesto del análisis de la credibilidad de los dichos del testigo sino, por el contrario, elementos a ser tenidos en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR