Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 24 de Junio de 2015, expediente CSS 029540/2014/CA001

Fecha de Resolución24 de Junio de 2015
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 Expte nº: 29540/2014 Autos: “G.L.M. c/ ANSES s/AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION”

J.F.S.S. Nº 5 Sentencia Interlocutoria del Expte. Nº 29540/2014 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:

I) Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fs.

27/vta mediante la cual se rechaza el amparo por mora.

La parte actora cuestiona la sentencia y solicita se haga lugar al reclamo incoado.

II) El objeto del amparo por mora de la administración consiste en obtener un pronunciamiento de la Administración requerido con relación a una petición concreta del administrado.

Cabe relatar cómo se ha ido desarrollando la presentación de los reclamos de la parte actora. El día 15/09/2013 la parte actora presenta reclamo administrativo solicitando el reajuste de haberes conforme surge de fs. 8. Ante la falta de respuesta por parte de ANSeS con fecha 22/01/2014 presenta un pronto despacho (fs.

10). No habiendo ANSeS contestado dicha presentación, la parte actora inicia el presente amparo por mora con fecha 12/05/2014.

A mayor abundamiento, la parte demandada a fs 19/21 con fecha 12/10/2014 se presenta y manifiesta que con fecha 28/04/2014 contestó

fehacientemente la carta documento en la cual se explican los motivos por el cual no se podía dar curso a lo peticionado, circunstancia que no puede ser verificada en virtud de no encontrarse agregada en autos la contestación a la carta documento.

En razón de lo expuesto, y en virtud de haber transcurrido el plazo establecido en el art. 28 de la ley 19.549 corresponde revocar lo decidido por la Sra.

Juez a quo y hacer lugar al recurso de amparo por mora de la administración interpuesto.

III) En torno a cómo ha sido resuelta la cuestión, corresponde revocar lo resuelto por...

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