GONZALEZ JUAN LUIS c/ EN-M§ DEFENSA-EJERCITO-DTO 2769/93 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Número de expedienteCAF 049275/2011/CA001 - CA002
Fecha24 Octubre 2019
Número de registro243200688

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 49275/2011 G.J.L. c/ EN-M§ DEFENSA-

EJERCITO-DTO 2769/93 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Juzg.2 Buenos Aires, de octubre de 2019.- MR Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la parte actora recurre el auto de fs.

    123 por el que, frente al pedido dirigido a que se ordene el libramiento de un oficio ampliatorio en el que se hizo constar que en estos autos no resulta de aplicación “la inembargabilidad de fondos del artículo 19 de la ley 24.624 y art. 131 de la ley 11672”, el juez de primera instancia decidió: “…fundado que sea en derecho, se proveerá…” (conf. apelación de fs. 124/125 concedida en subsidio de la revocatoria desestimada a fs. 126).

    Como sustento de su postura el recurrente sostuvo que el oficio ampliatorio fue solicitado a los fines de cumplimentar la traba del embargo ya ordenado y que consta en los “registros del BNA”.

  2. Que corresponde efectuar una reseña de los antecedentes relevantes para la resolución de la cuestión traída a conocimiento:

    1) El 20 de mayo de 2016 (fs. 81) se aprobó en cuanto hubiere lugar por derecho la liquidación practicada por la Contaduría General del Ejército (fs. 69/75) por la suma de $144.378,63.

    2) Se intimó a la demandada para que “…en el término de 10 días deposite en autos la suma…” adeudada a los actores (fs. 104).

    3) Ante incumplimiento de la demandada y lo...

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