Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 26 de Octubre de 2016, expediente A 71381

PresidenteGenoud-de Lázzari-Pettigiani-Negri
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2016
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 26 de octubre de 2016, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresG., de L.,P., N., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa A. 71.381, "González, J. contra Municipalidad de San Nicolás de los Arroyos sobre pretensión anulatoria. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley".

A N T E C E D E N T E S

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Nicolás de los Arroyos hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte actora y confirmó la sentencia de grado en cuanto ésta anuló el decreto 4/2004 pero dispuso -de su lado- la plena vigencia del decreto 1029/2000 -por el cual se estableció la promoción de la actora al cargo de Personal Jerárquico-Jefe de División- Categoría 09 de la Secretaría de Salud Pública y Acción Social de la Municipalidad de San Nicolás de los Arroyos-, como consecuencia de lo cual ordenó el pago de las diferencias salariales que le hubiesen correspondido con relación a los cargos de Jefe de División y la Categoría de Personal Administrativo-Enfermera, en los términos de la liquidación a practicarse (v. fs. 617/629).

Disconforme con ese pronunciamiento la Municipalidad de San Nicolás de los Arroyos interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 635/649), el que fue concedido por la Cámara interviniente a fs. 651/652.

Dictada la providencia de autos para resolver el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 661) y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I Ó N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley o doctrina legal interpuesto?

V O T A C I Ó N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorG. dijo:

  1. En lo que al recurso extraordinario interpuesto interesa, la Cámaraa quoconfirmó la sentencia de grado en cuanto falló confirmando la nulidad del decreto municipal 4/2004 (por el cual se revocó la promoción de la señora G. a la Categoría 09-Personal Jerárquico de la planta permanente de la demandada) disponiendo, a su vez, la plena vigencia del decreto 1029/2000 (que establecía dicha promoción) y, condenando en consecuencia a la demandada al pago de las diferencias salariales resultantes de la irregular...

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