Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 9 de Mayo de 2019, expediente CAF 029803/2017/CA001

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Expte. CAF 29803/2017/CA1 GONZALEZ, D.G. c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, a de mayo de 2019, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer el recurso interpuesto en los autos caratulados “G., D.G. c/ EN- Mº

Seguridad- PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg”, contra la sentencia de fs. 50/53 vta., el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara R.W.V. dijo:

  1. ) Que el señor juez de primera instancia, en lo que aquí

    interesa y es materia de agravio, hizo lugar a la demanda y, en consecuencia, reconoció el derecho del actor a que se incorporase en sus haberes mensuales, como remunerativos y bonificables, los suplementos establecidos por el decreto 2140/13 y su ampliatorio 813/14. Asimismo, condenó al Estado Nacional a abonar las retroactividades devengadas desde la entrada en vigencia del decreto citado y hasta el 8 de junio de 2017, de conformidad con lo establecido por el decreto 380/2017, por aplicación del art. 4027, inc. 3, del Código Civil.

    Impuso las costas a la vencida.

  2. ) Que contra ese pronunciamiento, el Estado Nacional interpuso recurso de apelación (v. fs. 54), que fue concedido libremente a fs. 55.

    Puestos los autos en la Oficina, expresó sus agravios a fs.

    60/67 vta., que no fueron replicados en tiempo oportuno por su contrario (v. fs.

    72).

  3. ) Que las cuestiones planteadas por el Estado Nacional en relación con el decreto 2140/13 y sus ampliatorios, encuentran adecuada respuesta en las conclusiones que esta Sala desarrolló in re “J., M.E. y otro c/

    Mº de Seguridad – PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.” y “C., J.V. y otros c/ EN-Mº Seguridad-PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, sentencias del 24 de mayo de 2016, en las que, con remisión al precedente “DEL RIO, G.J.c. – M° Justicia-PFA-

    Dto 2744/93 861/07 sobre Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”, del 11 de febrero de 2010, se reconoció la procedencia del derecho del personal de la Fecha de firma: 09/05/2019 Alta en sistema: 10/05/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #29833836#231291327#20190508105129963 Policía Federal a incorporar...

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