Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Superintendencia, 4 de Octubre de 2013, expediente 101723/2012

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2013
EmisorSuperintendencia

Exp. de Sup. n° 12.624bis “GONZALEZ SCAFIDE DANIELA C/ SWISS MEDICAL S.A. S/

DAÑOS Y PERJUICIOS - COMPETENCIA”

Poder Judicial de la Nación nos Aires, 4 de octubre de 2013.vp AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal de Superintendencia en virtud de la contienda negativa de competencia planteada entre el Juzgado Civil nº 49 y el Juzgado en lo Civil y Comercial Federal nº 10, Secretaría nº 20.

De conformidad con lo dispuesto por los arts. 4 y 5 del Código Procesal y a la jurisprudencia aplicable, para la determinación de la competencia corresponde -en principio-

tomar en cuenta la exposición de los hechos que el actor formula en la demanda y el derecho que invoca como fundamento de su pretensión (conf. C.S.J.N., "Fallos" 285:45; 281:97;

279:95; entre otros), que además debe apreciarse con criterio objetivo, es decir, teniendo en cuenta la índole jurídica de los actos o hechos que sirven de sustento al reclamo.

Los actores promueven demanda de daños y perjuicios derivados de la falta de cumplimiento del contrato de medicina prepaga suscripto entre las partes. Tal como surge de las manifestaciones vertidas en el escrito de inicio, la conducta endilgada a “Swiss Medical S.A.”, por su falta de cobertura habría causado el fallecimiento de sus dos hijos.

La Corte Suprema de Justicia ha declarado que corresponde limitar la competencia de la Justicia Federal para casos donde se planteen cuestiones que puedan afectar la instrumentación o planificación de las prestaciones regladas por las leyes 23.660 y 23.661 y la organización del Sistema Nacional de Obras Sociales y del Seguro Nacional de Salud.

El art. 38 de la Ley 23.661 sólo es de aplicación cuando el problema verse sobre aspectos relativos a la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud, ya que es allí donde habría un interés público que exige tratar el entuerto en la órbita de la Justicia Federal. En este caso sus consecuencias pueden trascender el marco de un conflicto entre las partes y provocar situaciones que incidan en el régimen establecido por esas leyes.

En casos donde se reclama el cobro de sumas de dinero por daños y perjuicios derivados de la falta de cobertura de una prestación médica contratada, claramente se vislumbra que la cuestión está limitada a la verificación o no de los hechos alegados en la demanda bajo la luz de la...

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