Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 18 de Noviembre de 2021, expediente CAF 003440/2020/CA001

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

3440/2020 G.P., MARTHA LUZ c/ EN-M INTERIOR

OP Y-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM Juzg. 9

Buenos Aires, 18 de noviembre de 2021.- APA

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la actora interpuso un recurso judicial directo contra la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) y pidió la anulación de la disposición SDX 154828/2018, que ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente, en los términos del artículo 29, inciso “c”, de la ley 25.871 (modificada por el decreto 70/2017), y de la disposición SDX 200567/2019, que rechazó su recurso jerárquico.

  2. Que el juez admitió el recurso directo judicial, con costas por su orden, y ordenó a la DNM que “proceda a dictar una nueva resolución respecto de la Sra. M.L.G.P., fijándose un plazo de 20 días para su cumplimiento, debiéndose a tal fin tener en cuenta las circunstancias y elementos informados en esta causa y la normativa aplicable al caso” (pronunciamiento del 26 de mayo de 2021).

    Para así decidir, sostuvo que “del examen efectuado de las actuaciones administrativas, se advierte que las Disposiciones SDX N°

    154828 y 200567, fueron fundadas en supuestos establecidos por el derogado Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2017”.

  3. Que la parte demandada dedujo recurso de apelación (escrito del 23 de septiembre, replicado el 12 de octubre).

    Adujo que la decisión era arbitraria “por falta de fundamentación normativa” pues el acto administrativo se encuentra debidamente justificado en las previsiones contenidas en el artículo 29,

    inciso “c”, de la ley 25.871 “vigente al momento de [su] dictado”. Agregó

    que su situación “no ha variado” con el dictado del decreto 138/2021 y queda subsumida en el impedimento previsto en la referida norma.

    Fecha de firma: 18/11/2021

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Sostuvo que la sentencia desconoce el principio de división de poderes en los términos del artículo 105 de la ley 25.871. Añadió que “su decisión fue el resultado de las actuaciones llevadas de acuerdo con las normativas vigentes y las constancias probadas en el expediente administrativo, no quedando pendiente el dictado de un nuevo acto”.

  4. Que es conveniente efectuar una reseña de los aspectos más relevantes que surgen del expediente SDX 7747/2015.

    (i) La actora solicitó su regularización migratoria en los términos del artículo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR