Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 6 de Septiembre de 2017, expediente Rc 121693

PresidentePettigiani-Negri-Soria-Genoud
Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 121.693 "G., M. delC. contra F., E.E. y otros. Prescripción adquisitiva vicenal del dominio de inmuebles".

//P., 6 de Septiembre de 2017.

AUTOS Y VISTO:

  1. Conforme surge de las constancias acompañadas, la Sala I de la Cámara de Apelación del Departamento Judicial de Mar del Plata, en lo que importa destacar, confirmó la sentencia única resuelta por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9 que, a su turno, hizo lugar a la demanda de reivindicación -exp. N° 134.844- de dos lotes identificados con los números 12 y 14 de la manzana 94-a de la ciudad de Mar del Plata, entablada por E.F. de A., N.R. y R.J.A. contra M. delC.G., F.P., M.L.G. y M.Á.P. (v. fs. 78/88 vta.).

    Frente a este fallo, los accionados -en el exp. N° 134.844- interpusieron recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. fs. 118/132), el que denegado -con sustento en que el valor del agravio no alcanza el monto prescripto por el art. 278 1ra. parte del Código Procesal Civil y Comercial (v. fs. 139/vta.)-, motivó la articulación de la presente queja (art. 292, del CPCC; v. fs. 141/145 vta.).

  2. Al respecto, cabe señalar que el valor del agravio a los fines previstos por el art. 278 del Código Procesal citado está representado en casos como el de autos por la valuación fiscal del inmueble objeto del presente juicio a la fecha de interposición de la vía impugnativa (causas C. 107.983, "D.'oso", resol. de 21-9-2011; C. 115.372, "Viñas", resol. de 2-11-2011; C. 118.591, "Illuminatti", resol. de 5-11-2014 y C. 120.158, "D.", resol. de 9-9-2015), por lo cual, conforme a las valuaciones acompañadas -que fueran consideradas por la alzada ($ 94.917 y $ 22.648, v. fs. 134 y 135 respectivamente)- la suma de dichos importes no alcanza el mínimo establecido en el mentado precepto legal (texto según ley 14.141 y Acordada 3840/2017), para acceder a esta instancia por el carril revisor intentado (causas C. 112.969, "Cerda", resol...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR