Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 19 de Mayo de 1998, expediente L 69600

PonenteJuez SALAS (SD)
PresidenteSalas-Laborde-Hitters-Pettigiani-Pisano
Fecha de Resolución19 de Mayo de 1998
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a diecinueve de mayo de mil novecientos noventa y ocho, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Salas, L., Hitters, P., P., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 69.600, "G., J.P. contra SOMISA. Enfermedad accidente".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo Nº 2 de San Nicolás de los Arroyos hizo lugar a la excepción de incompetencia, ordenando el archivo de la causa.

La parte actora dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorS. dijo:

  1. El tribunal del trabajo interviniente hizo lugar a la excepción de incompetencia y ordenó el archivo de las presentes actuaciones.

  2. Como señaló el tribunal a quo, para arribar a tal decisión tuvo en cuenta la doctrina de este Tribunal vigente a la época del pronunciamiento y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

  3. Por lo tanto, ajustándose lo resuelto a la doctrina actual de esta Corte adoptada por mayoría de sus miembros a partir de las causas L. 65.061, L. 64.937 y L. 64.699 todas sents. del 15-IV-97 citadas...

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