Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA C, 18 de Febrero de 2016, expediente CIV 011997/2014/CA001

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2016
EmisorSALA C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 11997/2014. GOMEZ, G.M. Y OTROS c/ POSE, F.P. s/ALIMENTOSP.J.. 81 A.B.

Buenos Aires, de Febrero de 2016.- SS AUTOS Y VISTOS:

Ponderando el mérito, valor y complejidad de las tareas realizadas, monto en juego, etapas cumplidas – no hubo excepciones-

y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6, 7, 19, 37 y 40 del Arancel (modificado por ley 24.432), se modifican los honorarios regulados a fs. 110, a favor del Dr. C.A.B., apelados por altos y bajos, a la suma de $ 9.115, los que deberán abonarse en el plazo de diez días corridos. N. de conformidad con lo establecido en las Acordadas 31/11 y 38/13 de la CSJN. P. y oportunamente devuélvase. El Sr. Juez de Cámara, Dr. L.A.J., no firma la presente por hallarse en...

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