Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 9 de Agosto de 2013, expediente 23.000.200/2005

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2013

Poder Judicial de la Nación 23000200/2005

sadas, Agosto 9 de 2013.-

AUTOS Y VISTOS:

1) Que, a fs. 110/111 el a quo resuelve rechazar impugnación de planilla practicada por la actora y aprobar la realizada por la demandada –Dirección de Administración Financiera de la Gendarmería Nacional y regula honorarios a favor del apoderado del actor.-

2) Que, a fs. 114 apela la parte actora y expresa agravios a fs. 117/123, los que son contestados por la contraria a fs.

125/127.-

3) Que, así las cosas y de la compulsa de autos,

esto es, sentencia definitiva obrante a fs. 47/49, confirmada por esta Alzada en todas sus partes a fs. 73/76 surge que se ha hecho lugar a la demanda interpuesta con fundamento en los precedentes del Máximo tribunal in re: “Corbani, C.A. y otros c/E.N.A. (Ministerio de Defensa), de fe3hca 4/05/2000 y “F.H., J.E. y otros c/E.N.A. Ministerio de defensa s/Personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad” de fecha 05/01/1999, donde la Excma. Corte sostuvo que “… resulta conveniente aclarar a fin de liquidar los adicionales establecidos en los Dtos. 2000/91, 628/92 y 2701/93 que estos deberán ser incorporados al concepto “haber mensual”, en el cual también están incluidos los rubros denominados en la reglamentación de la ley “sueldo” y “reintegro de gastos por actividad de servicio”

(RGAS) (art. 240, inc.1º), sentencia hoy firme y...

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