Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 27 de Febrero de 2018, expediente CNT 092089/2016
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2018 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VIII Expediente nro. CNT 92089/2016/CA1 JUZGADO Nº37 AUTOS: "GOMEZ, C.A. c/ EXPERIENCIA ART S.A. Y OTRO s/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL"
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27 del mes de febrero de 2018.-
VISTO:
La señora Jueza "a quo" a fs. 143/144 rechazó la citación de tercero solicitada por la codemandada FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A a fs. 73/74.
CONSIDERANDO:
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Este Tribunal ha tenido oportunidad de pronunciarse en una causa que guarda sustancial analogía con la presente, “Ybasca, D. c. QBE ART S.A. s. Accidente - Acción Civil” (sentencia interlocutoria 32.619 del 11.09.10).
Allí, remitió a los fundamentos del dictamen del F. General 46761 del 26.08.08, en el sentido de que: “…según surge de autos el actor demanda a la empleadora y a la aseguradora de riesgos del trabajo – La Caja ART S.A.-, una reparación civil imputando incumplimientos a las obligaciones derivadas de la Ley 24557 (artículos 1109,1072, 1073, 1074 y concordantes del Código Civil; actuales 1724, 1728, 1749 y 1751 del C.C. y C.N.), que podría generar, dado el carácter de las lesiones reclamadas, el efecto del transcurso del tiempo y de la sucesión de aseguradoras de riesgos del trabajo que intervinieron, un espectro de responsabilidad susceptible de ser materializado en hipotéticas acciones de regreso”.
En el presente caso, el actor inicia demanda contra EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANONIMA y FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. y pretende la Fecha de firma: 27/02/2018 Alta en sistema: 28/02/2018 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO #29072712#199693810#20180227091834683 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VIII Expediente nro. CNT 92089/2016/CA1 reparación integral de la incapacidad que aduce padecer por las enfermedades profesionales (cervicobraquialgia, lumbociatalgia, hernias discales, protusiones, entre otras) que se habrían generado como consecuencia de la prestación de tareas en favor de su empleadora, TRANSPORTES UNIDOS DE M.S.A., desde su ingreso, que data del 11/08/1995.
En este contexto, la citación de PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO y PREVENCION ASGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO es procedente porque se configura en la especie la posibilidad de una acción de regreso contra la aseguradora que se intenta citar, lo que hace necesaria su incorporación a...
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