Sentencia de Sala II, 6 de Octubre de 2011, expediente 30.293

Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2011
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación °

Sala

II- Causa n° 30.293 “F.G., A. s/ ampliación de procesamiento y embargo y...”

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J.. Fed. n° 8 - Sec. n° 15

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Expte. n° 8.672/2010/4

Reg. n° 33.551

Buenos Aires, 6 de octubre de 2011.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. - Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de USO OFICIAL

    este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Sra. Defensora Oficial, Dra. Perla

  2. Martínez de B., en representación de A.F.G., contra la resolución que en copia luce a fs. 1/5 de este incidente, por la cual el Sr. Juez de grado dispuso la ampliación del procesamiento sin prisión preventiva del nombrado en orden al delito de encubrimiento por receptación, agravado por ser cometido con ánimo de lucro (art. 277, inciso 1º, apartado “c” e inciso 3º, apartado “b”

    del C.P.N.), en concurso real con la portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal (art. 189 bis, inciso 2º, párrafo tercero del mismo cuerpo normativo) -hecho por el que ya había sido procesado el 27 de noviembre de 2009-;

    amplió el embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de mil pesos ($1.000) y declaró abstracto el recurso de apelación oportunamente deducido contra el decisorio obrante a fs. 231/233 del principal en cuanto decretó la ampliación del procesamiento de F.G. por la supresión de la numeración de un arma de fuego (art. 189

    bis, inciso 5º, párrafo segundo del C.P.N.).

  3. - El imputado fue detenido el día 29 de octubre de 2009 por personal de la División Robos y Hurtos de la Policía Federal Argentina, en ocasión de estar circulando a bordo de un automóvil marca Fiat, modelo Duna, dominio BBI590, a resultas de lo cual se secuestró del interior del rodado una bolsa de nylon que contenía una camisa, un pantalón, una gorra y una campera con las inscripciones de la Policía Federal Argentina; un correaje con pistolera, porta tonga y porta cargadores; una orden de compra de proveedor bijouterie militar y un revolver calibre 32 largo con la inscripción TANGO, con numeración limada, conteniendo en su interior cuatro cartuchos de bala del mismo calibre (ver fs. 1/2, 4/10, 24/29 y 32/33, todas de la causa principal).

  4. - Previamente a ingresar en el análisis de los planteos esgrimidos por la defensa, los suscriptos estiman conveniente recordar que el 27 de noviembre de 2009, el Juzgado de Instrucción nº 15 procesó a F.G. por considerarlo prima facie autor penalmente responsable del delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal (ver fs. 115/119 de los autos principales), temperamento que se encuentra firme en cuanto a la decisión de mérito adoptada (ver fs. 183 del principal).

    Asimismo, el 2 de junio de 2010 el mismo tribunal amplió el procesamiento del encartado como autor penalmente responsable del delito de supresión de la numeración de un arma de fuego, concurriendo en forma real con la portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal (ver...

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