Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 21 de Junio de 2018, expediente L. 118713

PresidentePettigiani-Soria-Kogan-Negri
Fecha de Resolución21 de Junio de 2018
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 21 de junio de 2018, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresP., S., K.,N.,se reúnen los señores Jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 118.713, "G., A. delC. y otros contra Municipalidad de La Matanza y otro. Daños y perjuicios".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal de Trabajo n° 4 del Departamento Judicial de La Matanza, declaró abstracta la prosecución del trámite (v. fs. 358/361).

Se interpusieron, por la parte actora, recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley (v. fs. 367/377).

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar las siguientes

C U E S T I O N E S

  1. ) ¿Corresponde anular de oficio la resolución de fs. 358/361?

    En caso negativo:

  2. ) ¿Es fundado el recurso extraordinario de nulidad?

    En caso negativo:

  3. ) ¿Lo es el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

    V O T A C I Ó N

    A la primera cuestión planteada, el señor J. doctorP. dijo:

    1. La señora A. delC.G. y sus hijos, Y.N.P., A.Á.P., C. delC.P. y H.A.P., promovieron demanda contra la Municipalidad de La Matanza y Provincia ART S.A., por la que pretendían -con sustento en las normas del Código Civil- el cobro de una indemnización integral por los daños y perjuicios derivados del fallecimiento del señor H.M.P. (esposo y padre de aquellos) acaecido como consecuencia del accidente de trabajo que protagonizó el día 28 de marzo de 2012 (v. fs. 25/68).

      El municipio mencionado, en la contestación de la demanda, negó el siniestro y el salario denunciado por los actores y opuso -entre otras defensas- excepción de incompetencia con sustento en la naturaleza del vínculo jurídico existente con el empleado fallecido (v. fs. 93/94).

      Una vez trabada la litis, el tribunal de trabajo interviniente homologó el acuerdo conciliatorio que suscribieron la señora G. y Provincia ART S.A., por el pago de "las prestaciones dinerarias" (v. fs. 256/258).

      Luego, tras rechazar la excepción de incompetencia (v. fs. 310/311 vta.) y ante el planteo de la demandada -postulando la terminación del proceso y la inexistencia de dicha decisión como acto jurisdiccional (v. fs. 323/325 vta.)-, ela quodeclaró la validez de éste pronunciamiento y la necesidad de...

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