Golpe de timón: Massa rechazará un artículo del presupuesto que allanaba el camino a nuevos aumentos de tarifas
El consultor en energía y servicios públicos Alejandro Eintoss dijo que que el Gobierno vete parcialmente ese artículo marca "un reconocimiento de que no puede o no quiere actualizar las tarifas de Edenor y Edesur"
En las próximas horas saldrá publicado en el Boletín Oficial un decreto por el cual el presidente de la Nación en acuerdo general de ministros observa el tercer párrafo del artículo 89 del Presupuesto, que autoriza aumentos a las eléctricas para que le paguen a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. ( Cammesa ), la empresa que les vende la electricidad y es controlada por el Estado.
Según dice el proyecto de decreto al que accedió LA NACION, " se observa el tercer párrafo del artículo 89 del Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.701″ y con esa salvedad debe cumplirse, promulgarse y tenerse por ley de la Nación el proyecto de ley.
Según figura en el artículo 89, el Poder Ejecutivo nacional, las provincias y los municipios, como titulares del servicio público de distribución de energía eléctrica de su respectiva jurisdicción, deberán controlar y garantizar el estricto cumplimiento del pago de las transacciones por consumos de energía, potencia y sus conceptos asociados, por parte de los prestadores del servicio público de distribución de energía eléctrica de cada jurisdicción, estableciéndose un período de seis meses, "desde la entrada en vigor de la presente ley", a fin de que cada jurisdicción concedente determine un mecanismo para el pago de las facturas emitidas y que en un futuro emita Cammesa.
Sin embargo, luego hubo un agregado en favor de las compañías que dice que "dado el carácter de servicio público tanto de la distribución como del transporte de la energía eléctrica, el Estado nacional y las jurisdicciones provinciales deberán publicar en un período no mayor de 90 días cuadros tarifarios que permitan a los distribuidores cumplir con las obligaciones resultantes del párrafo anterior". A continuación se establecía un plazo no mayor a 90 días para realizar las revisiones tarifarias integrales correspondientes a las empresas distribuidoras eléctricas del AMBA que, según las autoridades, no se vetaría.
Consultado por este diario, el consultor en energía y servicios públicos e integrante del Instituto Argentino de la Energía Gral. Mosconi, Alejandro Eintoss, dijo que que el Gobierno vete parcialmente ese artículo marca "un reconocimiento de que no puede o no quiere actualizar las...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba