Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 8 de Julio de 2022, expediente CIV 055508/2016/CA001

Fecha de Resolución 8 de Julio de 2022
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A

55508/2016

GOLOWANOW, J.L.c.J., N. ADELA

s/CONSIGNACION DE ALQUILERES

Buenos Aires, 8 de julio de 2022.- PM

AUTOS Y VISTOS:

A fin de entender en los recursos de apelación traídos a nuestro conocimiento, teniendo en cuenta el monto comprometido y habiendo finalizado el proceso por caducidad de instancia, valorando la extensión e importancia de la labor desplegada por los profesionales intervinientes, de conformidad con lo establecido por los artículos 1,3,16,19,20,21 y 25 de la ley 27.423

corresponde confirmar las regulaciones del 21/10/2019 y del 6/11/2019 a favor del letrado apoderado del actor Dr. F.C. los honorarios del Dr. A.L.F. y los de la Dra. Maria E.

Fillat.-

Comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la C.S.J.N. en la forma de práctica y devuélvase.-

CARLOS A. CALVO COSTA

RICARDO LI ROSI

SEBASTIÁN PICASSO

Fecha de firma: 08/07/2022

Firmado por: S.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

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