Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA E - CAMARA EN LO COMERCIAL, 31 de Marzo de 2014, expediente 10634/13

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2014
EmisorSALA E - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación GOLDEN JEANS 26 SA C/ APECK SRL Y OTROS S/ ORDINARIO 10634/13 Juzg. 10 S.. 19 13-14-15 Buenos Aires, 31 de marzo de 2014.

Y VISTOS:

  1. Apeló en subsidio la actora la decisión de fs. 352 -mantenida a fs. 362- que decretó oficiosamente la caducidad de la instancia.

  2. La recurrente sostuvo que realizó una serie de actos susceptibles de interrumpir el plazo de caducidad de la instancia, entre los que cabe mencionar al escrito de ampliación de demanda de fs. 336 que el juez a quo consideró

    que no tenía carácter impulsorio.

    Esta Sala tiene dicho que las ampliaciones de la demanda poseen entidad suficiente e idoneidad interruptiva del curso de la caducidad, pues introducen elementos novedosos para el sostenimiento de la pretensión, que sin dudas evidencian la intención de la actora de hacer avanzar el proceso y mantener viva la instancia (v. "Abble Argentina S.A. c/ Tomografía Computada Los Andes S.R.L. s/ ejecutivo", del 19.08.09; en ese sentido: C.. Sala D, "Loneco S.A. c/

    Prosegur Activa Argentina S.A. s/ ordinario" del 24.02.09).

    Y en esa situación, el criterio restrictivo con que debe aplicarse el...

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