Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL, 10 de Diciembre de 2018, expediente FGR 012753/2018/CA002

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “G.M., R.S. y otros c/

Departamento de Aguas (DPA) y otros s/ amparo ambiental” (FGR 12753/2018/CA2) Juzgado Federal N° 1 de Neuquén General Roca, 10 de diciembre de 2018.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por los actores a fs.138/144 contra la resolución que denegó la precautoria requerida por ellos;

Y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el art.26 del decreto-ley 1285/58, es facultad de las cámaras de apelaciones dictar sus resoluciones por voto de los magistrados que las integran, por lo que en esta ocasión cada uno de los miembros de este tribunal emitirá su opinión en la forma que sigue.

El doctor R.G.B. dijo:

  1. El fundamento central de la decisión que desestimó la cautelar requerida contra la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas (en adelante “AIC”) –que éstos fundaron en la omisión de ésta en cumplir con las atribuciones y deberes–, radicó en que los actores no habían acreditado la verosimilitud del derecho ni tampoco el peligro en la demora.

    Para lo primero, el pretorio expuso que si bien aquéllos señalaron que el aludido organismo había prescindido de emplear sanciones pecuniarias de su estatuto a fin de hacer cumplir con la normativa vigente a las otras codemandadas, permitiendo así que la contaminación del río continuara, la AIC había efectuado inspecciones y una intimación del 24 de enero de 2018 al Fecha de firma: 10/12/2018

    Alta en sistema: 19/12/2018

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA —1—

    Firmado por: E.B., Secretaria de cámara #31703606#223177297#20181211115440842

    Departamento Provincial de Aguas de Río Negro para que en un plazo de noventa días adoptara las medidas pertinentes para el cese de la afectación en el curso de agua del río Neuquén –como que en caso de incumplimiento se elevarían las actuaciones al Consejo de Gobierno de esa autoridad (fs.38/39)–, de modo que la denunciada contaminación era anterior al aludido emplazamiento, sin que a esa época se encontraran vencidos los noventa días otorgados al DPA

    para la observancia de la medida.

    Concluyó la a-quo en que los amparistas no habían incorporado algún indicio que permitiera inferir que luego de esa fecha (enero de 2018) se mantuvieran o aumentaran los niveles de contaminación analizados en el reporte producido por la AIC.

    A ello agregó que de la consulta al sitio oficial del DPA, pudo conocer que en febrero de 2018 la Provincia de Río Negro concretó la licitación de la obra de saneamiento para la Planta de Tratamiento de Efluentes Cloacales de Cinco Saltos, que el 10 de mayo de 2018 se realizó una audiencia a fin de concretar la instancia de participación ciudadana en esa localidad –de la que formaron parte las autoridades que individualizó–, como que se firmaría el contrato con la empresa que llevaría adelante los trabajos, lo que permitía aseverar que las obras de recomposición de la PTEC de Cinco Saltos se estarían haciendo.

    En cuanto atañe al peligro en la demora, la jueza tampoco lo juzgó acreditado puesto que la obra para mejorar la PTEC de Cinco Saltos se hallaría en curso, de Fecha de firma: 10/12/2018

    Alta en sistema: 19/12/2018

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA —2—

    Firmado por: E.B., Secretaria de cámara #31703606#223177297#20181211115440842

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca acuerdo a la información del sitio web del diario Río Negro del 29 de junio de 2018.

  2. Contra ello se alzaron los actores a fs.138/144.

    En el memorial los recurrentes manifestaron que el derecho a reclamar una medida cautelar en resguardo de un ambiente sano y apto para el desarrollo humano era verosímil si se acreditaba el vertido de efluentes cloacales en un curso de...

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