Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 3 de Julio de 2020, expediente CAF 041820/2017/CA001
Fecha de Resolución | 3 de Julio de 2020 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I
41820/2017 GODOY, H.A. Y OTROS c/ EN - M
SEGURIDAD - PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS
FFAA Y DE SEG Juzg. 10
Buenos Aires, de de 2020.- MSP
Y VISTOS; CONSIDERANDO:
-
Que apelan la parte actora (fs. 111),
fundando sus agravios mediante el memorial de fs. 105/109, no contestado,
y la demandada (fs. 99), fundando sus agravios mediante el memorial de fs.
111/115vta., contestado a fs, 117/122, la sentencia (fs. 93/98) que hizo parcialmente lugar a la demanda promovida por personal de la Prefectura Naval Argentina, con costas en el orden causado. El juez ordenó al Estado Nacional incorporar a los haberes mensuales de los actores, con carácter remunerativo y bonificable, los suplementos creados por el decreto 1307/12
(y sus decretos modificatorios), desde los cinco años anteriores a la demanda, y hasta el efectivo pago (considerandos V y VI), con sus intereses desde que cada suma les fue debida. Asimismo, desestimó lo pretendido en relación con los decretos 2769/93 y 1126/06.
-
Que las críticas expuestas por la demandada respecto del decreto 1307/12 no pueden prosperar, en tanto fueron tratadas por esta sala en las causas “P., J.C. c/ PNA” (expte nº
7156/15), “Yeris c/ GN” (expte. nº 23065/13) y “Santana c/ PNA” (expte. nº
1637/15), pronunciamientos del 17 de mayo, 3 y 17 de noviembre de 2016,
respectivamente, en los que se admitió la pretensión de la parte actora y se confirmó que correspondía reconocerse el carácter remunerativo y bonificable a aquellos suplementos, y a ellos cabe remitir, en razón de brevedad.
El decreto 716/16 fijó el haber mensual del personal de conformidad con sus anexos (arts. 1º al 4º), desdobló el suplemento “por disponibilidad permanente para el cargo o función¨ (creado por el art. 10 del decreto 854/13) en “por disponibilidad permanente para el cargo” y “por disponibilidad permanente para la función” estableciendo las Fecha de firma: 03/07/2020
pautas para su percepción (art. 5º), y derogó los suplementos de Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA
responsabilidad por cargo
y “por función intermedia (esta sala, causas “Cheres” -expte. nº 80474/15- y “T.” –expte. nº 84170/17-,
pronunciamientos del 12/09/2017 y del 2/07/19, respectivamente).
Asimismo, es oportuno puntualizar que lo devengado deberá ser liquidado de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba