Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 26 de Junio de 2019, expediente FPA 021006086/2006/CA001
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 21006086/2006/CA1 raná, 26 de junio de 2019.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “GODOY, B.V. CONTRA ANSES SOBRE EJEC. SENTENCIA”, E.. Nº FPA 21006086/2006/CA1, provenientes del Juzgado Federal Nº 2 de Paraná, y; CONSIDERANDO:
I- Llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la ANSES a fs. 165 y fundado a fs. 166/172, contra la resolución de fs. 163 y vta., que mantiene el embargo ordenado, impone las costas a la ejecutada, difiere la regulación de honorarios y tiene presente la reserva del caso federal.
El recurso se concede a fs. 175, se contestan agravios a fs. 177/178 y quedando estos autos en estado de resolver a fs. 181 vta.
II- a) Que, el recurrente funda su apelación en primer lugar, en la imposición de costas a su parte; aduce al respecto que ello se aparta de lo normado por la ley 24463.
En segundo término, entiende que la traba de embargo ordenada es improcedente a tenor de lo dispuesto por el art. 19 de la ley 24624, relativo a la inembargabilidad de fondos, valores y demás medios de financiamiento afectados a la ejecución presupuestaria del Sector Público. Expresa que la medida dispuesta –embargo- constituye un apartamiento de las normas vigentes y que, como tal, es ilegal e improcedente, por cuanto afecta recursos presupuestarios destinados a financiar las erogaciones necesarias para el cumplimiento de los cometidos esenciales del Estado. Mantiene la reserva del caso federal.
Fecha de firma: 26/06/2019 Alta en sistema: 27/06/2019 Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado por: N.B.S., Secretaria de Cámara #3465374#238064269#20190626112201592 b) Que, por su parte, la actora contesta los agravios y, por los fundamentos esgrimidos, solicita el rechazo del recurso interpuesto, con costas a la accionada.
III- a) Previo a resolver las presentes y del análisis que se efectúa sobre las constancias de la causa, se advierte que a fs. 151/155 vta. la parte demandada interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la resolución de fecha 04/05/2015 (obrante a fs.
143), que dispuso decretar embargo sobre la cuenta Nº
1998/69 perteneciente a la ANSES, en el BNA, Sucursal Plaza de Mayo hasta cubrir la suma de PESOS MIL SETECIENTOS NOVENTA CON DIEZ ($1.790,10) con más la suma de PESOS NOVECIENTOS ($900) estimada provisoriamente para intereses y costas.
A fs. 156 se tuvo por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba