El gobierno porteño adherirá al blanqueo de capitales

El gobierno de la ciudad de Buenos Aires adherirá al blanqueo nacional y lanzará una amplia moratoria para todos los impuestos locales, con un plan de pagos de hasta 90 cuotas.

Así lo indica el texto enviado por el jefe de gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, a la Legislatura porteña, que se tratará el 8 de septiembre en el recinto. Se prevé la adhesión a la ley nacional 27.260, de sinceramiento fiscal y de regularización excepcional de obligaciones tributarias.

En el primer caso, el primer artículo manifiesta la adhesión al blanqueo nacional y el segundo indica que "quedan liberados del pago de todo tributo omitido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los bienes exteriorizados bajo el régimen señalado en el artículo anterior, sin perjuicio de las facultades de verificación y/o fiscalización establecidas en el Código Fiscal a favor de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)".

En el caso de la moratoria dispone un plan de pagos para patentes, ABL, Ingresos Brutos y Sellos. "Los contribuyentes y/o responsables de los tributos cuya aplicación y/o percepción y/o fiscalización se encuentra a cargo de AGIP podrán acogerse por las obligaciones vencidas al 31 de mayo de 2016, inclusive, o infracciones cometidas a dicha fecha, al régimen de regularización de deudas tributarias y de exención de intereses, multas y demás sanciones", se detalla. Se cobrará una tasa de interés mensual de 1,5% a los pequeños contribuyentes y de 1,8% a los grandes contribuyentes.

El artículo 7 dispone que "el acogimiento al presente régimen producirá la suspensión de las acciones penales tributarias en curso y la interrupción del curso de la prescripción penal, aun cuando no se hubiera efectuado la denuncia penal a ese momento o cualquiera sea la etapa del proceso en que se encuentre la causa, siempre y cuando la misma no tuviere sentencia firme y/o acuerdo de avenimiento homologado".

Además, se expresa que "la cancelación total de la deuda en las condiciones previstas en el presente régimen -de contado o mediante plan de facilidades de pago- producirá la extinción de la acción penal" si no hubiera sentencia firme.

El plan propone la condonación o exención "de los recargos, multas y demás sanciones previstas en el Código Fiscal, que no se encontraren firmes a la fecha de la adhesión del contribyente al régimen de regularización previsto en este título" y de los "intereses resarcitorios y/o punitorios previstos en el Código Fiscal". Para...

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