Sentencia de CAMARA FEDERAL, 30 de Junio de 2015, expediente FPA 022000719/2012

Fecha de Resolución30 de Junio de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 22000719/2012 raná, 30 de junio de 2015.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “GIULIANI, D.M. C/

ANSES S/ ACCION DE INCONSTIT. (AUTOSATISFACTIVA)”, Expte.

N° FPA 22000719/2012, provenientes del Juzgado Federal N°

2 de Paraná, y; CONSIDERANDO:

I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos y fundados por la parte actora a fs. 23/vta.

y por la demandada a fs. 25/27, contra la resolución de fs. 20/21 vta. que, en lo que aquí interesa, hace lugar a la demanda y declara la inconstitucionalidad para el caso concreto del art. 4 de la Resolución Nº 884/06, en cuanto impide el goce del beneficio jubilatorio que le fuera otorgado a la actora en el marco del art. 6 de la ley 25994; dispone que la parte demandada proceda a liquidar el beneficio jubilatorio de la actora de inmediato, con los haberes respectivos adeudados; impone las costas a la demandada, regula honorarios y tiene presente la reserva del caso federal.

Los recursos se conceden a fs. 28. A fs. 35 la Cámara Federal de la Seguridad Social dispone la remisión de la presente causa al Juzgado de origen, a fs. 38 el Sr. Fiscal General ante Cámara contesta la vista corrida y quedan estos autos en estado de resolver a fs. 43/vta.

II-

  1. Que agravia al letrado de la actora los honorarios regulados en la sentencia dictada, por considerar que son bajos y que no se condicen con la Fecha de firma: 30/06/2015 Firmado por: D.E.A. Firmado por: M.J.B. labor realizada, ni con la actual evolución del índice de precios ni inflación. Hace reserva del caso federal.

  2. Que, agravia a la demandada la imposición de las costas a su parte y solicita la distribución en el orden causado conforme el art. 21 de la ley 24463.

En relación al fondo de la cuestión debatida, refiere a la política de inclusión fijada y plantea que la Resolución 884/06 de ANSES procura priorizar el otorgamiento de los beneficios a aquellos adultos mayores que no cotizaron en tiempo y forma al sistema, lo que nada tiene de inconstitucional.

Agrega que tanto el PEN con el dictado del decreto 1451/06, como la ANSES con el de la resolución 884/06, actuaron dentro de las órbitas de sus respectivas facultades y en cumplimiento de sus obligaciones.

Hace reserva del caso federal.

III- Que, la actora interpone acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Administración Nacional de la Seguridad Social a fin de que se declare la...

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