Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 10 de Octubre de 2017, expediente CIV 006232/2005

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”

6232/2005 G.S.M. Y OTRO c/ PANNO ANTONIO JOSE s/REVOCACION DE ACTO JURIDICO Buenos Aires, de octubre de 2017.- CB Y VISTOS:

Conociendo del recurso interpuesto a fs. 747 referido a las regulaciones de honorarios de fs. 743/vta., teniendo en consideración la estimación de valores fs. 727, monto de la reconvención que también integra la base regulatoria, aprobada a fs.

743/vta., naturaleza del litigio, etapas procesales cumplidas, habiendo alegado la actora, labor profesional desarrollada, resultado obtenido y lo preceptuado por los arts. 6, 7, 23, 33, 37, 38 y cc. de la ley 21839modificada por ley 24432, no resultando altos los emolumentos fijados al Dr. G., tanto por el principal, como por la excepción de prescripción de la reconvención interpuesta se confirman.- Por altos se reducen los correspondientes a la Dra. A., a la suma de noventa y ocho mil ($ 98.000) por el principal.- No resultando altos los fijados por la excepción antes mencionada se confirman.-

Por sus trabajos en la Alzada, que dieron lugar a la sentencia de fs. 656/659, regúlanse los honorarios del Dr.

G., en la suma de ochenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta ($ 88.440) y los de la Dra. A., en la de treinta y dos mil cien ($ 32.100).-

Fecha de firma: 10/10/2017 Alta en sistema: 03/11/2017 Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.A.I...

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