Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I, 20 de Mayo de 2019, expediente FCB 052070002/2011/CA002

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS : “GIRON, L.F. c/ BANCO NACIÓN ARGENTINA –

FONDO COMPENSADOR s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - VARIOS”

En la Ciudad de Córdoba a veinte días del mes de mayo del año dos mil diecinueve, reunida en Acuerdo la S. “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

GIRON, L.F. c/ BANCO NACIÓN ARGENTINA – FONDO COMPENSADOR s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - VARIOS

(Expte. N° FCB 52070002/2011/CA2) , venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el actor, en contra de la resolución dictada con fecha 7 de septiembre de 2018 por el Juzgado Federal de Río Cuarto, que acogió parcialmente la impugnación formulada por la accionada y estableció –en lo que aquí interesa- que la suma adeudada en concepto de capital asciende a la suma de pesos treinta y dos mil doscientos noventa y dos con cuarenta y ocho centavos ($32.292,48), impuso las costas en el orden causado y reguló honorarios.

Puestos los autos a resolución de la S. los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: L.N.–.L.R. RUEDA – A.G.S. TORRES.

La señora J.a de Cámara, doctora L.N., dijo:

I.V. los autos a resolución de la S. en virtud del recurso de apelación interpuesto por el actor, en contra de la resolución dictada con fecha 7 de septiembre de 2018 por el Juzgado Federal de Río Cuarto, que acogió parcialmente la impugnación formulada por la accionada y estableció –en lo que aquí interesa- que la suma adeudada en concepto de capital asciende a la suma de pesos treinta y dos mil doscientos noventa y dos con cuarenta y ocho centavos ($32.292,48), impuso las costas en el orden causado y reguló honorarios.

Fecha de firma: 20/05/2019 Alta en sistema: 22/05/2019 Firmado por: A.G.S. TORRES, Firmado por: L.R.R., Firmado por: L.D. VALLE NAVARRO, Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA #4181092#234213089#20190520122212331 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS : “GIRON, L.F. c/ BANCO NACIÓN ARGENTINA –

FONDO COMPENSADOR s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - VARIOS”

Al fundar su apelación a fs. 313/314vta., señala que lo perjudica la base de referencia para conceptos remunerativos que adopta el fallo y que, entiende que se contradicen con la jurisprudencia que cita y con el informe brindado por la misma demandada. Explica que conforme ese informe, el único rubro no remunerativo es el denominado ticket canasta. Insiste en que abonó mensualmente la cuota sobre la integridad de los conceptos remunerativos que integraban su sueldo, y sobre ellos corresponde el cálculo del reintegro previsto. Hace reserva del caso federal.

Corrido el traslado de ley, es contestado por la demandada a fs. 316/318vta. quien solicita el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR