GIMENEZ, ROBERTO IGNACIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Fecha18 Octubre 2017
Número de expedienteCNT 066028/2014/CA001
Número de registro191313022

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 66028/2014/CA1 SENTENCIA DEFINITIVA.80830 AUTOS: “G.R.I. C/ PROVINCIA ART S.A. S/

ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”- (JUZG. Nº 5).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capital federal de la República Argentina, a los 18 días del mes de octubre de 2017 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente; y LA DOCTORA G.E.M. dijo:

  1. - Contra la sentencia definitiva de fs. 149/150, se alza la demandada a tenor del memorial que luce a fs. 153/154, escrito que merece contestación de su contraparte obrante a fs. 156/157. Asimismo, la demandada (fs. 153) y el perito médico (fs. 151)

    cuestionan la regulación de honorarios realizada en la instancia de grado.

  2. - La parte demandada apela la fecha de cómputo de los intereses fijados en la anterior instancia. Considera que el cómputo de los mismos debería iniciarse recién a partir de la consolidación jurídica del daño, el día 31/07/2014.

    La jueza de primera instancia establece que el capital de condena devengará

    intereses desde la fecha del accidente, 14/05/2014.

    Conforme jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tratándose de la reparación de los daños emergentes de un hecho ilícito, debe admitirse la condena al pago de los intereses (art. 1069, C.C..), debiendo su curso liquidarse desde la fecha en que se produjo cada perjuicio objeto de la reparación (Fallos: 250: 433; 298:223).

    Cabe destacar que no debe confundirse el nacimiento del derecho con su declaración administrativa o judicial, de acuerdo con el marco jurídico planteado en cada supuesto.

    En el caso de la prestación a cuyo pago resulta condenada la demandada el perjuicio se concreta al momento de su consolidación...

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