Sentencia de Sala “A”, 18 de Diciembre de 2012, expediente 8063-C

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2012
EmisorSala “A”

Poder Judicial de la Nación Nro. 211/12-C Rosario, 18 de diciembre de 2012.-

Visto, en Acuerdo de la Sala “A” el expediente Nº 8063-C de entrada, caratulado: “G., E. y Ots. c/ Estado Nacional s/ Ordinario” (Expte. Nº 9057/B-2010

del Juzgado Federal Nº 2 de Rosario),

Y Considerando que:

1- Vienen los presentes, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs. 106),

contra la Sentencia Nº 196 de fecha 22 de diciembre de 2011

(fs. 99/103), que hizo lugar a la demanda interpuesta F.C.C., L.J.G., E.V.G.,

H.H.J., H.M.M., A.R.,

A.O.S., R.M.S., A.N.S. y R.H.J. y la continuación de la acción por sus universales herederos G.D.V.L., M.B.J., R.H.J., M.M.J.,

M.D.R.J., W.J.J., M.D.V.J. y F.J.J.; ordenando la incorporación en el haber previsional de los actores de las sumas instituidas por los artículos 5to. de los decretos 1053/08 y 751/09, y el pago las retroactividades, con más sus intereses y con deducción de lo efectivamente percibido en virtud de los aumentos creados por los decretos 1994/06, 1163/07, 1653/08, 753/09, 2048/09 y 894/10; con costas a la demandada.

Concedido el recurso y elevadas las actuaciones, la demandada expresó agravios a fs. 111/116vta.

Corrido el traslado a la contraria, esta lo contesto a fs.

118/120, por lo que los autos quedaron en condiciones de resolver.

2- Se agravió la apelante de la sentencia en cuanto ordena la incorporación al haber mensual de la actora, de los aumentos otorgados por los decretos 1053/08 y 751/09. Alega que el a-quo no tuvo en cuenta que dicha normativa modifica suplementos particulares que habían sido oportunamente concedidos por el decreto 2769/93 y que sólo son percibidos por una parte del personal militar en actividad.

Señaló que nuestro Máximo Tribunal ya se ha pronunciado al respecto en los autos “V.O.”

al considerar que - los contemplados en el decreto 2769/93 -

son suplementos particulares y compensaciones, conforme lo establece en el artículo 57 de la ley 19.101.

Sostuvo que los decretos en cuestión crean un adicional transitorio, no remunerativo y no bonificable, que fue establecido con el fin de incrementar los suplementos creados por el Decreto 2769/93, no pudiendo hacerse extensiva su percepción al personal militar en situación de retiro.

Del análisis de las cuestiones planteadas, surge que las relativas a los decretos 1053/08 y 751/09, guardan similitud con las tratadas en los autos “C., C.E.B. c/ Estado Nacional - Ministerio Defensa s/ ordinario” y “Tallarico, A.M...

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