Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 18 de Febrero de 2016, expediente FSA 001084/2014/CA001

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “GIL, A.G. c/

ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

Expte. N° 1084/2014 (Juzgado Federal N° 1 de Salta)

Salta, 18 de febrero de 2016.-

AUTOS Y VISTO:

1) Que las cuestiones planteadas por la demandada en las presentes actuaciones resultan sustancialmente análogas a las examinadas por esta Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, en autos: “G.A., Petrona c/ Anses s/ Amparo Ley- 16.986” expte. N°2078/2013/1/CA1, sentencia del 30 de diciembre de 2015, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio.

En efecto, la actora A.G.G. adquirió su beneficio de pensión directa por el fallecimiento de su esposo. El causante se encontraba afiliado a CONSOLIDAR AFJP, que liquidó y abonó su beneficio mediante la modalidad de renta vitalicia hasta que comenzó a regir la ley 26.425, que estableció la unificación del sistema previsional (S.I.P.A.). Cabe señalar, además, que la amparista denuncia haber percibido sumas notablemente inferiores al haber mínimo garantizado por la ley. Así, por ejemplo, en el mes de mayo de 2014 cobró la suma de $ 482.57; mientras que para el mismo período el haber mínimo garantizado ascendía a la suma de $

2.757.13 (conf. Resolución ANSES N° 27/2014), configurándose, de ese Fecha de firma: 18/02/2016 Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA #16587329#147199553#20160219104026634 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta modo, una situación manifiestamente arbitraria, que lesiona sus derechos fundamentales, sobre todo teniendo en cuenta la unificación...

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