Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 15 de Noviembre de 2016, expediente CIV 094146/2006/CA002

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I 94146/2006 GHISELS OSCAR GUILLERMO c/ ALVAREZ HNOS. SRL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, 15 de noviembre de 2016.- MA AUTOS Y VISTOS:

Para decidir en los recursos interpuestos a fs. 657, 659 y 685 contra la regulación de honorarios de fs. 655 cabe ponderar las constancias de autos, la labor profesional apreciada en su calidad, eficacia y extensión, la naturaleza del asunto, el monto por el que prospera la demanda, las etapas cumplidas, el resultado obtenido y las demás pautas establecidas en los arts. 6,7,9,19,33,37,38 y concordantes de la ley 21.839. Teniendo ello en cuenta, los honorarios regulados al letrado apoderado de la actora, D.J. De Dios Usandivaras.

Considerando los trabajos efectuados por el experto, su incidencia en el resultado del proceso, las pautas del decreto 16638/57, las pautas del art. 478 del Código Procesal y la ley de arancel para abogados de aplicación supletoria y en lo pertinente, los honorarios regulados al perito contador D.E.A.I. no resultan elevados, por lo que se los confirma.

R., notifíquese y devuélvase.

Se hace constar que la publicación de la presente sentencia se encuentra sometida a lo dispuesto por el art. 164, 2°

párrafo del Código Procesal y art...

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