Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 23 de Junio de 2017, expediente CNT 065340/2013/CA001

Fecha de Resolución23 de Junio de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº: 73741 SALA II EXPEDIENTE Nº: 65340/2013 (JUZG. Nº 37)

AUTOS: "GHIO, A.E. c/ BANCO MACRO S.A. Y OTRO s/

DESPIDO”

Buenos Aires, 23de junio de 2017 VISTO

Y CONSIDERANDO:

A fs. 251 luce el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes por la suma de $600.000, homologado a fs. 251.

A fs. 251 se regularon los honorarios de la perito contadora en la suma de $2.000, a cargo de la demandada, quien, en esa oportunidad, apeló dichos emolumentos, por considerarlos altos.

A fs. 285/288 la citada profesional cuestionó los estipendios que le fueron fijados, por reputarlos exiguos, y esgrime la inoponibilidad del acuerdo arribado en autos a su respecto, y cuestiona la base de cálculo adoptada, a tenor de los fundamentos que arguye en su presentación.

Invocada por la perito contadora la inoponibilidad del acuerdo arribado en autos a su respecto e impugnada la base regulatoria allí adoptada, cabe señalar que el decreto ley 16638/57, en su art. 3 inc. b) es claro en el sentido de considerar como monto del juicio la cantidad fijada por la transacción y cuando dicho monto no alcance al 75% del valor reclamado en la demanda o reconvención o uno u otra sean rechazadas, es facultad del juez, conferida por el apartado g) del mismo artículo, fijar los honorarios del perito en función de un porcentaje mayor al que le corresponde, según la cantidad establecida -en este caso por la transacción.- (vg. C.S.J.N. L.1067.XL

  1. Recurso de Hecho. “L., M.O. c/ Logística La Serenísima S.A. y otros” del 14/04/2009).

Aclarado ello, cabe señalar que, en atención a que el litigio concluyó

con el mencionado acuerdo conciliatorio homologado a fs. 251., su monto, la calidad, mérito y extensión de las tareas concretadas por la perito contadora: aceptación del cargo a fs. 125, presentación de fs. 246, y pericia obrante a fs. 255/284 del 15/07/2016, -según se desprende del fechador mecánico de fs. 284vta., presentada luego del 07/07/2016, día en el que se notificó a la experta de la homologación del acuerdo-, los emolumentos en cuestión lucen exiguos y ello así porque quedó...

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