Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 24 de Mayo de 2022, expediente CAF 030107/2001/CA002

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV

30107/2001 “G.M.A.A. Y OTROS c/ EN -M°

DEFENSA- EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y

DE SEG”

Buenos Aires, de mayo de 2022.

Y VISTOS:

En atención a lo establecido en los artículos 6º, 7º, 9º, 19, 37, 38,

40 y concordantes de la ley de arancel, la entidad de las tareas desempeñadas con posterioridad al dictado de la sentencia definitiva tendiente al cobro de los intereses sobre los honorarios del doctor Piteo (cfr. esta Sala, causa 38.588/94

Blumenfarb de T.A. y otros c/ Estado Nacional (Mº de Educación y Justicia) s/ empleo público

, del 25/8/10), corresponde ELEVAR

a la suma de PESOS OCHOCIENTOS VEINTE ($820) los honorarios regulados a favor del doctor P.I.P..

Se deja constancia que la retribución que antecede no incluyen el Impuesto al Valor Agregado monto que -en su caso- deberá ser adicionado conforme a la situación del profesional frente al citado tributo. ASI SE

RESUEL...

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