De la gestación del Código Civil argentino.

AutorSilvia Iris Mosquera
CargoAbogada - Docente universitaria

El proceso de codificación que se desarrolló a finales del siglo XVIII y en el siglo XIX llevaba como ventaja la unidad del derecho y la posibilidad de ser conocido por todos.

Legislación anterior al Código Civil

Antes de la sanción del Código Civil la legislación vigente en el territorio argentino era la legislación española anterior a 1810 y la Legislación Patria.

Legislación española: 1- Nueva Recopilación de Leyes de Indias:

Ha sido puesta en vigencia por Felipe II en 1567 con la finalidad de regular los aspectos sociales, políticos y económicos de los españoles que vivían en territorio americano.

2- Fuero Real : también conocido como Fuero del Libro, Libro de los Consejos de Castilla, Fuero Castellano. Su redacción data de 1254 o 1255.Consta de un Prólogo con la exposición de motivos el que los hombres vivan en paz y conforme las leyes. Está dividido en cuatro libros y 72 títulos.

El libro primero trata sobre las personas que administran justicia.

El libro segundo refiere al derecho procesal

El libro tercero regula el derecho civil penal

El libro cuarto regula el derecho.

3- Fuero Juzgo: Tal cuerpo normativo elaborado por Fernando III en 1241 resulta ser una traducción del Liber Iudiciorum del año 645 (época visigoda). En 1348 se le dio al Fuero prevalencia por sobre Las Partidas y tuvo vigencia hasta la sanción del Código Civil. Se estructuraba con un título preliminar y doce libros.

El primer libro trataba sobre las leyes

El segundo libro sobre la administración de justicia, escrituras y testamentos

El libro tercero sobre matrimonio y divorcio.

El libro cuarto sobre sucesiones

El libro quinto sobre contratos

El libro sexto sobre derecho penal: crímenes

El libro séptimo sobre derecho penal: robo y fraude

El libro octavo, derecho penal, otros delitos

El libro noveno sobre ejército y clero

El libro décimo sobre propiedad y prescripción.

El libro undécimo sobre médicos y comerciantes extranjeros

El libro duodécimo sobre herejes y judíos

4- Fuero viejo de Castilla: Esta basado en el Libro de los Fueros y en el Ordenamiento de Nájera. Se atribuye su autoría a Alfonso VIII y su aprobación, conforme su prólogo data del 30 de Octubre de 1377.

Estaba dividido en cinco libros cada uno de los cuales contaba con títulos que trataban diversas materias, podría puntualizarse como importantes las siguientes:

El libro primero trataba sobre el rey , sus derechos...

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