Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 19 de Abril de 2021, expediente CNT 060063/2013/CA002

Fecha de Resolución19 de Abril de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II

SENTENCIA DEFINITIVA

EXPEDIENTE NRO.: 60063/2013

AUTOS: GEREZ, V.O. c/ NOVARTIS ARGENTINA SA Y

OTROS s/DESPIDO

VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la Ciudad de Buenos Aires, luego de deliberar en forma remota y virtual mediante los canales electrónicos disponibles, a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, los integrantes de la S. II, practicado el sorteo pertinente, en la fecha de firma indicada al pie de la presente proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

El Dr. D.E.S. dijo:

Contra la sentencia de la instancia anterior se alza la demandada Novartis Argentina S.A. a tenor del memorial obrante a fs. 572/588, los co-demandados S., H. y G. a fs. 567/571, y la co-demandada S. SRL a fs.591/594,

todos replicados por el actor. Por su parte, la representación letrada del actor (fs. 590) y la perito contadora (fs. 589) apelan sus honorarios, por considerarlos reducidos.

Novartis Argentina S.A. apela la condena en los términos del art. 29

LCT, la procedencia de las indemnizaciones por despido, la aplicación de la multa previstas en el art. 8 y 15 de la ley 24.013 y art. 2 de la ley 25.323 y art. 45 de la ley 25.345.

Las co-demandadas S. S.A se queja por cuanto la sentenciante de grado ya considerado ajustada a derecho la decisión del actor de considerarse despedido.

Los co-demandados S., H. y G. cuestionas la condena solidaria dispuesta, con sustento en lo normado por la Ley General de Sociedades Delimitados en tales términos los cuestionamientos introducidos ante esta Alzada, corresponde elucidar en primer lugar, la queja incoada por Novartis,

respecto al marco legal determinado por la sentenciante de grado, en que se desenvolvió el contrato de trabajo habido entre las partes, pues su resultado puede influenciar el de las restantes cuestiones apeladas.

En primer el actor afirma en su libelo de inicio que desde el 01/06/1993, hasta su despido indirecto, prestó servicios para Novartis, con la intermediación fraudulenta de Blac Service SRL, S.C.S., Edeman SRL, y S. SRL y que lo hizo como bajo la categoría de “peón general” y “cadete” del CCT42/89.

Fecha de firma: 19/04/2021 Aseguro que realizaba tareas de carga y descarga de bultos, cajas y mercadería de Firmado por: J.S.R., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA

Novartis, reparto de bultos, correo interno, trámites ante el correo, bancos, empresas y, en menor medida, tareas de limpieza.

Dichas circunstancias quedaron debidamente acreditadas por la prueba testimonial rendida en autos. En efecto, los testigos C. (fs.390/391), C. (fs. 403/404), Soria (fs.405/406), F.O. (fs. 510) y O.G. (fs. 512/513),

todos propuestos por el actor, fueron contestes en declarar que el actor prestaba servicios para Novartis y que sus tareas eran más allá de las propias tareas de limpieza, que su lugar de trabajo era únicamente Novartis y que recibía ordenes de empleados de Novartis.

  1. (fs. 390/391) declaro que el actor “…Que conoció al actor trabajando Ciba Geigy al principio, que era la contratista y cuando se formó Novartis, fue pasando el actor por empresas proveedoras de la empresa donde trabajaba el dicente,

    que lo sabe porque el dicente trabajaba en el área donde contrataba los servicios de estas empresas, que era el área de servicios generales. Que el actor ingresó aproximadamente en el año 1993 o 1994. Que el actor hacía tareas varias, aparte de la limpieza para la cual la empresa lo había contratado, el actor particularmente con otros compañeros los ayudaban en tareas generales como mantenimiento, traslado de bultos, cadetería, correo,

    mudanzas internas, de oficinas, de escritorios, hasta trabajos de albañilería, que lo sabe porque en alguna ocasión el dicente coordinaba esas tareas y utilizaba ese personal. Que el actor tenía su empresa y órdenes específicas que se las daba el dicente. Que el lugar de trabajo era en R. 1851, C., que siempre estuvo ahí, que el lugar tenía otras entradas pero era la principal, que por la calle A. tenía otras entradas….”

  2. (fs. 403/404), manifestó “…Que el actor hacía de todo,

    desde descargar un camión con bultos, acopio de mercadería, estaba en la parte de correo, lo vio salir del edificio a hacer trámites, de todo, que lo sabe porque el dicente estaba ahí todo el tiempo. Que el lugar de trabajo era R. 1851, N.. Que el dicente empezó a trabajar ahí en el año 2005, que el actor ya estaba hace mucho tiempo antes, que no sabe decir cuánto. Que el dicente entraba a las 7 hs y ya estaba el actor y el dicente se iba a las 16 o 19 hs y el actor estaba, que si había eventos el dicente se quedaba hasta las 22 hs y el actor seguía, y mucho de los chicos que trabajaban ahí. Que D.C. y A.D. le daban órdenes al dicente y al actor, que trabajaban para Novartis. Que el actor usaba ropa de fajina azul y a veces remera blanca que le daba Novartis….Que las cajas y bultos que refirió el testigo pertenecían a Novartis, eran cosa de ellos que las repartía a veces el actor dentro del edificio. Que el actor repartía papelerío, bultos, cajas con cosas. Que C. era gerente de mantenimiento. Que D. era jefe de seguridad y pasó a ser jefe de mantenimiento cuando echaron a C.. Que la remera tenía el logo de Novartis…”

    Soria (fs.405/406) dijo que “….ingresó a mediados de 1993, que el actor ya estaba. Que trabajaban en R. 1851, que trabajaban para Novartis que tenía ahí las oficinas administrativas. Que era una empresa de limpieza pero se hacían Fecha de firma: 19/04/2021

    trabajos internos de Novartis más que Firmado por: J.S.R., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

    tareas de limpieza, que trasladaban bultos de Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

    SALA II

    Novartis, carga y descarga de camiones, cadetería interna, correo interno, que el actor y el dicente a veces hacían estas tareas, que hacían refacción del edificio en la parte interna, albañilería y plomería, refacción interna de Novartis. Que estaban a cargo de C.D. el actor y el dicente, que era de la empresa Novartis. Que trabajaban de lunes a viernes de 7 a 22 hs y sábados de 8 a 16 hs. Que la ropa se la daba la empresa de limpieza y a veces se rompía y tardaban en dársela entonces se las daba Novartis,

    pantalón de grafa y remera con logo de Novartis y en invierno ropa azul con el logo de Novartis. Que cobraban entre $6500 y $7000, que una parte cobraban en blanco y otra en negro, que la parte en negro lo pagaba Novartis por los trabajos internos, que con el actor pasaba la mismo, que lo sabe porque entraban a la oficina de C. y otras veces les pagaba el supervisor de la empresa S., su apellido era M., J.. Que el dicente trabajó hasta el 2010 en Novartis y el actor siguió….Que C. dentro de Novartis era jefe de mantenimiento. Que las tareas del actor olas organizaba C..

    Que la categoría del actor era peón, operario. Que las tareas descriptas las hacían en Novartis, que a veces salían a mandar telegramas al correo en cabildo, a veces salían a hacer trabajos en casas de directivos de Novartis, que el actor las hacía también porque a veces iban juntos…”

    En idéntico sentido, F.O. (fs. 510) refirió que “….

    NOVARTIS es un laboratorio. Que está ubicado en RAMALLO al 1851. Que la dicente allí realizaba tareas de limpieza. Que la dicente trabajaba de Lunes a Viernes desde las 7

    hasta el...

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